La transformación del modelo cubano desde la perspectiva de los cubanos residentes en el exterior

Getting your Trinity Audio player ready...

El cambio más significativo de las medidas anunciadas en junio de 2026 no radica únicamente en la apertura de nuevas actividades para el sector privado y cooperativo, sino en el tránsito hacia un entorno empresarial con mayor espacio para el mercado, la inversión, las relaciones público-privadas y el uso de divisas. No obstante, la implementación continúa siendo el principal factor de incertidumbre en un contexto de asedio económico y persecución de quienes deseen participar en la economía cubana, tanto dentro como fuera de Estados Unidos.

Desde la perspectiva de los vínculos de los cubanos residentes en el exterior (CRE) con Cuba, las medidas impactan las diferentes dimensiones económicas de la interacción de los migrantes con su país de origen: turismo, inversiones, empleo, remesas y colaboración. El presente análisis examina cómo las medidas pretenden incluir a los CRE y cómo estos pueden contribuir a su exitosa implementación.

Los primeros en llegar

Se abre un espacio significativo para los CRE como inversionistas en la economía cubana. Los emigrados cubanos pueden desempeñar el papel de «first comers», o primeros en llegar, algo que impulsó el desarrollo económico en China y Vietnam y antecedió a las grandes empresas extranjeras.

Bajo el mandato de Deng Xiaoping (1978-1983), dos tercios de inversiones directas en China fueron efectuadas por los emigrados. Ellos tienden a ser los primeros que llegan a abrir nuevos negocios e invertir en los existentes, frecuentemente pequeñas y medianas empresas de sus familiares y amigos. Son también empleados de empresas extranjeras que aprovechan su conocimiento del terreno para hacer negocios en sus países de procedencia. También suelen dedicarse a la exportación (del país de residencia al país de origen) e importación (de productos del país nativo al país de asentamiento). Esto se ha manifestado en el caso cubano, a pesar de las considerables limitaciones que han enfrentado hasta el momento, lo que ahora se podría potenciar.

La medida que busca «transformar la empresa estatal socialista a sociedad mercantil por acciones o participaciones»1, establece explícitamente que las formas de gestión no estatal y las personas naturales podrán adquirir acciones. Esta disposición incluye a los CRE, según lo anunciado en marzo de 2026 por el Viceprimer ministro Oscar Pérez-Oliva Fraga, con el objetivo de facilitar la participación de otros actores en la economía nacional.

Las reformas abren espacios hasta ahora inaccesibles para los cubanos emigrados, permitiendo invertir tanto en empresas estatales como no estatales, al amparo de la Ley 118 de Inversión Extranjera2. Los CRE podrán ahora adquirir acciones o participaciones en las sociedades mercantiles estatales creadas, ya sea a través de empresas constituidas en otros países (personas jurídicas) o como personas naturales. Asimismo, según Pérez-Oliva, podrán ser socios, propietarios o accionistas de empresas privadas, sin el requisito de residencia efectiva que establece la Ley de Migración de 2024.

La categoría de Inversores y de Negocios (Ministerio de Justicia, 2026), creada para los residentes en el exterior o emigrados que deseen participar en el modelo económico cubano en alguna de las modalidades aprobadas por la ley —incluyendo el sector privado como inversionistas— ampara igualmente la participación de los CRE en estas transformaciones.

El punto que se propone «Estimular la participación de inversión extranjera en empresas privadas y cooperativas» favorece a los CRE, quienes históricamente han sido los principales financiadores de los trabajadores por cuenta propia (TCP) y las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) privadas, aun sin marco legal o garantías, y sin las ventajas aquí anunciadas, entre las que se incluyen:

  • Permitir que los negocios con capital extranjero abran cuentas bancarias en el exterior sin necesidad de autorización.
  • Eliminar el uso obligatorio de entidades empleadoras para seleccionar y contratar personal.
  • Permitir que la inversión extranjera disponga de sus ingresos en divisas y opere con flexibilidad en un entorno de dolarización parcial.
  • Permitir que los negocios inmobiliarios realicen operaciones de compraventa de unidades residenciales.

Es de suponer que la medida que permite que una persona natural pueda ser titular de más de una empresa privada y cuente con participación accionaria en más de una aplica de igual modo a los CRE.

La concesión de derechos reales (usufructo y superficie) a empresas privadas o cooperativas para realizar inversiones puede resultar de particular interés para los inversionistas cubanos en el extranjero. A diferencia de los residentes en el país, pocos CRE conservan propiedades o tierras donde ubicar sus inversiones, por lo que podría interesarles arrendar espacios al Estado. Por otro lado, esta medida abre la posibilidad de negociar con antiguos propietarios cuyos bienes fueron nacionalizadas en la década de 1960 —incluyendo los negocios pequeños que fueron afectados por la Ofensiva Revolucionaria de 1968— en términos de recuperación en usufructo de esos inmuebles a cambio de invertir en su rehabilitación y puesta en producción.

Esta disposición, unida a la meta de «Transformar la estructura institucional y las formas de propiedad y gestión de la base productiva del sector agropecuario» (permitiendo empresas privadas en la actividad agropecuaria), abre un campo prometedor para las inversiones de CRE. Por ejemplo, aquellos que ya poseen empresas de producción agropecuaria o comercialización de equipos e insumos agrícolas podrían aprovechar la oportunidad de «Desarrollar un mercado de insumos con la participación de todos los actores y acceso al mercado cambiario».

También se anuncia la «Creación de un Programa de Inversión que incentive la participación en empresas cubanas de cubanos residentes en el país y en el exterior», y se propone «Ampliar los límites de aprobación de las inversiones a partir de la descentralización a empresas estatales, sociedades mercantiles o de inversión extranjera», lo cual debería beneficiar a los CRE que deseen establecer relaciones directas con dichas empresas y sociedades. A su vez, las transformaciones en la autonomía municipal deberían favorecer a los CRE en tanto proponen descentralizar a nivel municipal el fomento del desarrollo económico local, incluyendo el estímulo a la inversión extranjera.

Considerado en conjunto con el anuncio del ministro Pérez-Oliva Fraga, esto abre la posibilidad de que la comunidad cubana residente en el exterior participe en fondos de inversión para financiar proyectos en el territorio cubano e iniciativas de interés para el desarrollo económico y social del país.

Actividades antes prohibidas ahora autorizadas para el sector privado y cooperativo

La ampliación de las actividades autorizadas para los actores económicos no estatales constituye quizás una de las medidas más importantes para abrir posibilidades de negocio al sector privado y cooperativo y, por extensión, a los CRE. De las actividades ahora autorizadas con mayor potencial para los privados, independientemente de su país de residencia, destacan la gestión de los servicios farmacéuticos, el comercio mayorista y minorista, y la importación de vehículos eléctricos —exonerados de impuestos si vienen acompañados de su correspondiente estación de carga, a partir de fuentes renovables de energía.

Se autorizan las residencias de cuidados diurnos y permanentes para adultos mayores, para complementar los 156 hogares de ancianos y 307 casas de abuelos operados por el Ministerio de Salud Pública, cantidad insuficiente para cubrir la demanda, además de que muchos se encuentran en malas condiciones. Los nuevos centros privados contarán con la atención del médico de familia, y el 10% de las plazas serán destinadas a personas vulnerables. El modelo de «casas de vida asistida» común en el sur de la Florida para el cuidado de adultos mayores cubanos y latinos, pudiera ser adaptado al contexto cubano, en el que la principal fuente de financiamiento proviene de los propios familiares en el exterior.

Los CRE pueden jugar un papel importante en fomentar las exportaciones de bienes y servicios. El conocimiento que deben tener de los mercados en sus países de residencia les otorga ventaja para colocar productos y servicios cubanos. Unido a esto, la promoción de franquicias internacionales de marcas cubanas, tanto estatales como privadas, que han logrado presencia en el mercado nacional, puede ser de particular interés para empresarios cubanos residentes en el exterior.

Este es igualmente el caso del eje «Transformaciones en el Comercio, la Gastronomía y los Servicios», en el que se les dará prioridad a las formas de gestión no estatal y a la inversión extranjera, y donde ya existe una importante presencia de los CRE como suministradores de emprendimientos privados locales. La medida, si se aplica debidamente, permitiría opciones atractivas de inversión como crear cadenas de tiendas, restaurantes y redes de gastronomía ligera, así como invitar a franquicias de alimentos a invertir en el país.

Otro punto de avance es la autorización a las personas naturales a realizar importaciones con carácter comercial, cobrando los aranceles en divisas, como ha recomendado la academia en múltiples ocasiones. Con eso se legaliza una práctica muy extendida en la que tienen singular participación los CRE que viajan al país trayendo mercancías para vender, conocidos como «mulas». Esta forma de «remesa en especie» ayuda hoy a superar las dificultades de abastecimiento de muchos comercios privados en Cuba, incluyendo las «ventas de garaje» que además de productos usados dan salida a los importados, hasta ahora entendidos por la política económica como «sin fines comerciales».

Igualmente pudieran consolidarse y legalizarse negocios ya existentes de «compras por encargo» en plataformas internacionales como Amazon, Temu o Shein que no tienen presencia directa en la Isla, pero sus artículos son demandados por la población.  En cualquier caso, al legalizar las importaciones comerciales crecen las oportunidades para los CRE como suministradores, se amplía el mercado para los pequeños empresarios locales, y gana el fisco por los aranceles recaudados.

Nuevas posibilidades en el sector turístico

El Decreto 160 de 2026 igualmente introduce una flexibilización importante para el sector turístico en Cuba. Se mantienen algunas restricciones, pero también se abren nuevas oportunidades para los actores económicos no estatales, especialmente en actividades de ecoturismo, agroturismo y servicios recreativos.

La flexibilización del comercio mayorista permite a empresas privadas y cooperativas abastecer de manera más directa a negocios del sector turístico, como paladares o alojamientos privados. El Decreto abre un camino importante para la participación privada en el sector hotelero, aunque principalmente como inversionista o administrador, y no mediante la propiedad plena. Esto se enmarca en una estrategia para «explotar» el parque hotelero, que ha sufrido un duro golpe por la salida de grandes cadenas internacionales y la caída del turismo.

La adición a las modalidades de negocios existentes —arrendamientos, derechos reales de usufructo onerosos, concesión de áreas y venta de inmuebles (para inversionistas extranjeros, cubanos residentes en el exterior y en el territorio)— permite ampliar significativamente la participación del capital privado y mixto en la industria turística. También llaman la atención otros avances como la autorización de guías de turismo y agentes de ventas privados. Unido a esto se permiten todas las modalidades de negocios en cayos, zonas patrimoniales y destinos turísticos, y se impulsan beneficios tributarios y fiscales para proyectos de ecoturismo y turismo especializado.

Estas oportunidades son particularmente propicias a la participación de los CRE, por sus vínculos con los territorios del país, así como por la posibilidad de vincularse a agencias de viajes y otros emisores de viajeros en sus países de residencia. En particular, el segmento VFR (Visiting Friends and Relatives), que en las estadísticas oficiales equivale prácticamente a los cubanos en el exterior, constituye el segundo mercado más importante para el turismo en la isla según la ONEI.

Este tipo de turismo se distingue por tener una motivación predominantemente afectiva y social, más que económica o recreativa, y suele estar relacionado con redes personales o comunitarias. El segmento VFR presenta necesidades y comportamientos distintos a los del turista extranjero, por lo que resulta fundamental que los empresarios diseñen estrategias específicas orientadas a este tipo de visitante.

La inversión se abre a sectores estratégicos

Entre los ámbitos donde estas transformaciones pueden tener un impacto más inmediato destacan aquellos vinculados a sectores estratégicos de la economía, tanto por su peso en la actividad productiva como por las restricciones que hoy enfrentan.

En cuanto al sector energético, la participación del capital privado y extranjero en la importación y comercialización de combustibles, incluida la red minorista, ya se está implementando por algunas mipymes, con importaciones para su consumo interno, y representa un alivio para aquellos que pueden costear los altos precios. Algunos comerciantes cubanos residentes en Estados Unidos han aprovechado para obtener licencias de OFAC —otros no la han recibido— para exportar combustible a Cuba.

La propuesta de «Ampliar y reestructurar la gestión de la red de servicentros» (incorporar sistemas fotovoltaicos, estimular solineras para vehículos eléctricos) abre la puerta a nuevas oportunidades de negocios para los CRE que estén en este giro. Es muy probable que existan muchos CRE con experiencia en la gestión de gasolineras, la distribución mayorista de combustibles y actividades conexas, que puedan ayudar a modernizar las estaciones de servicio del país para hacerlas más eficientes y rentables. Más aún si se tiene en cuenta que constituye un incentivo el punto de «reducir el impuesto, en un monto equivalente a la inversión realizada, a los actores que realicen inversiones con fuentes renovables de energía, en centros de servicios a la población o sociales».

Otro de los sectores que sufre transformaciones es el sistema bancario y financiero. Estas favorecen la participación del capital financiero de los CRE. Propuestas como «fomentar la participación del capital privado en la actividad bancaria (por ejemplo, ofertar microcréditos)», así como «eliminar las restricciones a los pagos en divisas entre negocios con capital extranjero y sus proveedores nacionales», pueden ser ámbitos para la participación de los CRE, en tanto se logren superar las limitaciones impuestas por el bloqueo para las transacciones de todo el mundo con Cuba.

En cuanto al sector agrícola, las transformaciones responden a una prioridad nacional: la seguridad alimentaria. Como ha expresado la dirección del país, se trata de una cuestión de seguridad nacional. Aquí se propone «otorgar derecho real de usufructo por tiempo indeterminado a personas jurídicas y naturales», eliminando requisitos de trabajo directo y estable en la tierra, lo cual permite a los CRE solicitar tierras para cultivar. Por otra parte, al «fomentar mercados de insumos… autorizar la comercialización directa de todos los actores, diseñar incentivos y aprobar régimen impositivo especial», se abren espacios para los CRE que estén dispuestos a invertir en la agricultura, tanto en calidad de productores como de suministradores de insumos y maquinarias.

Con el objetivo de fomentar este intercambio, la Cámara de Comercio de Cuba y otras instituciones de promoción de negocios podrían mapear eventos, ferias y plataformas del sector agrícola, como AGRITRADE 2026 en Guatemala, para identificar empresas de la región interesadas en el mercado cubano. Estos espacios también pueden servir para conectar con empresarios cubanos en el exterior y crear redes de colaboración, inversión y abastecimiento.

Se comienzan a aprobar las normas correspondientes

En los últimos meses se han aprobado y publicado en la Gaceta Oficial muchas de las normas correspondientes a la implementación de las medidas anunciadas en junio, en particular, aquellas que refrendan los espacios de participación de los CRE. En las modificaciones de las leyes relacionadas a las mipymes, el TCP y las CNA, se reitera que los ciudadanos cubanos residentes en el exterior pueden ejercer la actividad por cuenta propia y ser socios de las mipymes y empresas privadas con más de cien trabajadores. Sin embargo, para ser socio de una cooperativa se requiere ser cubano residente en territorio nacional o extranjero con residencia permanente en Cuba.

Aunque la modificación de la ley de la Inversión Extranjera no menciona explícitamente a los cubanos residentes en el exterior como una categoría diferenciada, no existe ninguna prohibición expresa en la normativa que impida a los CRE participar como inversionistas extranjeros, siempre que actúen como personas naturales o jurídicas extranjeras. Pero los cubanos residentes en el exterior que mantengan residencia permanente en Cuba no califican como inversionistas extranjeros.

En cuanto a la participación en la actividad turística, los cubanos residentes en el exterior pueden constituir empresas mixtas o de capital totalmente extranjero en el sector turístico; participar en contratos de asociación económica internacional; crear agencias de viajes, empresas de transporte turístico, empresas de alquiler de vehículos, y otras actividades turísticas, cumpliendo los requisitos legales y de registro establecidos por el Ministerio de Turismo.

La nueva ley de la vivienda elimina la confiscación de viviendas por la salida definitiva del país. Los cubanos residentes en el exterior podrán ahora conservar, heredar y disponer libremente de sus propiedades en la isla, equiparando sus derechos patrimoniales a los de los residentes en Cuba.

Las transformaciones en las relaciones de propiedad reconocen el crecimiento legítimo del patrimonio financiero y material, garantizando la protección de los derechos laborales y sociales —lo que implica abandonar el intento de impedir el enriquecimiento de los sujetos económicos, siempre que cumplan con las leyes, incluyendo el pago de impuestos sobre utilidades e ingresos personales.

De hecho, las transformaciones del sistema tributario proponen aplicar un tipo impositivo reducido del impuesto sobre utilidades y actualizar el impuesto sobre ingresos personales. Hoy las tasas de impuestos que rigen en Cuba son excesivamente altas, más aún cuando toman como base impositiva niveles de ingresos en pesos cubanos devaluados ante el dólar y otras monedas. Constituyen un desincentivo para los empresarios, tanto privados como públicos, y reducen su capacidad de reinversión y creación de fondos de responsabilidad social empresarial.

Estas reformas, si se implementan debidamente, deberían ayudar a reducir la subdeclaración de impuestos, generalizada a partir del efecto antieconómico de los actuales tipos y escalas, y aumentar el ingreso fiscal neto del país, por lo que beneficiarán a emprendedores y trabajadores cubanos, tanto los residentes en la Isla como en el exterior.

Un camino lleno de obstáculos

Pero el éxito de la implementación de las medidas de transformación del modelo económico depende de muchos factores endógenos y exógenos: entre los primeros está la voluntad política, primero de legislar, y después, de hacer cumplir las medidas por múltiples actores sociales, económicos y políticos —algunos de los cuales se opusieron a ellas en el pasado—.

También serán determinantes en el resultado la capacidad de los organismos nacionales, empresas y gobiernos locales de auto-transformarse, aun cuando puedan afectar sus intereses inmediatos; el enorme endeudamiento público y la falta de capital privado (ahorros disponibles) para invertir; la credibilidad que pueda recuperar el gobierno en todas sus instancias y en particular el sistema financiero; y, sobre todo, la preservación del consenso social, castigado por las penurias y sacrificios en un clima de crecientes desigualdades, que algunas de las medidas probablemente van a acrecentar, al menos a corto plazo.

Muchos economistas y analistas extranjeros consideran que no es probable que las reformas atraigan la inversión y financiamiento que Cuba necesita sin que estén respaldadas por derechos de propiedad seguros, estabilidad regulatoria y una hoja de ruta clara para su implementación.

En particular, algunos se preguntan: ¿Qué garantías tendrán los inversionistas cubanos dentro y fuera del país? ¿Qué protección jurídica tendrán sus activos? ¿Existirá plena capacidad para repatriar utilidades y capital? ¿Se permitirá la compra, desarrollo, posesión, financiamiento, herencia y transmisión de propiedades bajo un régimen transparente y protegido por la ley? ¿Podrán los cubanos residentes en el exterior invertir con la tranquilidad de que las reglas serán estables en el tiempo?

A su vez, el entorno externo es muy desfavorable, con sanciones estadounidenses que provocan una interminable crisis energética, mayor aislamiento financiero y la retirada de muchos inversionistas y socios comerciales extranjeros, incluyendo las navieras que transportan muchos de los bienes que Cuba importa.

¿Pudiera transformarse el modelo económico bajo el acoso de EE.UU.? ¿Puede el país evitar el elevado riesgo político e institucional para todo el que quisiera invertir y negociar con el país, particularmente los cubanos residentes en EE.UU.? ¿Cómo enfrentar la limitación de recursos en divisas, las restricciones bancarias, el virtual bloqueo petrolero, los altos costos del poco combustible importado por el sector privado?

Hasta ahora el país ha resistido, contra todos los pronósticos de muchos afuera y adentro, y adopta medidas de «resistencia creativa» que aminoran los daños y permiten seguir adelante. Entre ellas está esta profunda reforma del modelo económico cubano. Quedan 17 meses de gobierno Trump/Rubio, decidido a quebrar dicha resistencia, y de paso al país. El futuro dirá.  

Como parte de la gran nación cubana, los cubanos residentes en el exterior constituyen un potencial para contribuir a su desarrollo y bienestar, particularmente al de las comunidades de origen y otras donde estén vinculados. El retorno virtual o implícito, en el que el migrante puede acompañar al país de origen sin necesidad de regresar físicamente, crea el marco propicio para estas aportaciones. Viajar de visita, enviar remesas (en dinero o en especie), invertir, colaborar con proyectos de desarrollo local: todas son formas de aprovechar los aportes de nuestros connacionales en el exterior.

La crisis actual contrasta con el decidido empeño del Gobierno cubano por crear facilidades que potencien la contribución de los cubanos residentes en el exterior a la economía nacional. Las medidas comprendidas en el programa de gobierno Transformaciones económicas y sociales, aunque tardías y lanzadas en uno de los peores escenarios nacionales e internacionales de nuestra historia reciente, constituyen —al menos en el plano legislativo— un importante paso de avance hacia un modelo socioeconómico que permita aspirar al desarrollo con justicia social. Sin embargo, su capacidad realmente transformadora dependerá de que no queden reducidas a enunciados normativos, sino que se traduzcan en mecanismos concretos, procedimientos ágiles, garantías jurídicas, incentivos reales y espacios de confianza que permitan a los cubanos residentes en el exterior participar de manera efectiva en la economía nacional y contribuir a aliviar las escaseces cotidianas que sufre la mayoría de la población.


Notas al pie

1: La transformación de la empresa estatal socialista a sociedad mercantil por acciones o participaciones implica un cambio en la naturaleza jurídica de la propiedad estatal, orientándola hacia formas de gestión más flexibles y con participación de capital privado.

2: La Ley 118 de Inversión Extranjera establece el marco legal para la inversión extranjera en Cuba, incluyendo modalidades como empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional y empresas de capital totalmente extranjero.


Referencias bibliográficas

Betancourt Abio, R. (2023). Contribución de los cubanos residentes en el exterior a la economía cubana: turismo y remesas. Novedades en Población, 19(37), pp. 298–321. Recuperado de https://revistas.uh.cu/novpob/article/view/7184

Cancio, Hugo (19 de junio de 2026)Las medidas anunciadas y lo que aún falta. OnCubaNews https://oncubanews.com/opinion/columnas/proposiciones/las-medidas-anunciadas-y-lo-que-aun-falta/

Ministerio de Justicia. (5 de mayo de 2026). Decreto-Ley 117/2026 “De la condición migratoria de inversores y de negocios de los ciudadanos cubanos residentes en el exterior” (GOC-2026-296-EX60). Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Deja una respuesta

Rafael J. Betancourt Abio
Rafael J. Betancourt Abiohttps://orcid.org/0000-0002-3997-1619
MSc y PhD (ABD) en Economía (University of Florida, EUA), Máster en Ordenamiento Territorial y Urbanismo (ISPJAE, Cuba), Licenciado en Economía (University of Florida, EUA). Fundador y Co-coordinador de la Red Cubana de Economía Social y Solidaria - ESORSE, del Centro Investigaciones Psicológicas y Sociológicas (CIPS). Profesor auxiliar del Centro de Estudios Demográficos (CEDEM) de la Universidad de La Habana. Miembro del Consejo Editorial de la revista Temas. Investigador sobre temas de economía social y solidaria y migración internacional. Autor de diversos libros y artículos académicos y periodísticos. Conferencista sobre economía cubana en universidades de América y de Europa.

Más de este autor

Descubre más desde La Joven Cuba

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo