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Es noticia que la Gaceta Oficial de la República de Cuba ha publicado el Decreto 110/2024 del Consejo de Ministros, titulado Regulaciones para el Control y Uso Eficiente de los Portadores Energéticos y las Fuentes Renovables de Energía, el cual entrará en vigor el próximo 26 de diciembre, con el propósito de gestionar la severa crisis del Sistema Electroenergético Nacional (SEN).
El documento establece normas específicas para regular el uso eficiente de los portadores energéticos y las fuentes renovables de energía en situaciones de estabilidad y contingencia eléctrica en los sectores estatal, privado y de inversión extranjera. También define sanciones por violaciones en el uso de energía y crea Consejos Energéticos a nivel nacional, provincial y municipal para supervisar el cumplimiento de las regulaciones.
Según el propio documento, los portadores energéticos son «los recursos utilizados para la obtención de energía, que pueden ser naturales o resultantes de una transformación; entre ellos se encuentran los que se obtienen de forma directa, como la energía hidráulica, eólica y solar, o después de atravesar un proceso minero, como el petróleo, el gas natural, el carbón mineral, los minerales fusionables y la geotermia; o a través de la fotosíntesis, como es el caso de la leña, los otros combustibles vegetales y de origen animal; entre los resultantes de un proceso de transformación se encuentran la electricidad, toda la amplia gama de derivados del petróleo, el carbón vegetal, el alcohol desnaturalizado y el gas manufacturado».
Uno de los aspectos más llamativos del decreto es el Artículo 40.1, que dispone que el ministro de Energía y Minas tiene la facultad de presentar al Consejo de Ministros una propuesta para implementar un régimen especial de contingencia eléctrica en caso de que el SEN sea incapaz de cubrir la demanda con su capacidad de generación existente durante más de 72 horas, aunque esto último ha sido una constante durante todo el año.
Según el apartado 2 del mismo artículo, «el Consejo de Ministros aprueba o no, en un término de 48 horas, el régimen de contingencia eléctrica propuesto por el ministro de Energía y Minas». Una vez aprobado, el ministro notifica a los organismos estatales y gobiernos provinciales, mientras que la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía (ONURE) coordina la implementación a través de los consejos energéticos en todos los niveles territoriales.
En el documento se explica que los consejos energéticos determinarán qué servicios deberán detenerse total o parcialmente y ajustarán los horarios laborales para redistribuir las cargas durante los picos de demanda.
Además, durante el régimen de contingencia energética, se paralizarán los hornos eléctricos y los sistemas de climatización en los horarios pico; los frigoríficos, equipos de refrigeración y cámaras frías se desconectarán, siempre que no se afecten los productos; se suspenderá el riego en los horarios pico y se reordenarán los horarios de bombeo a la población para evitar el consumo durante el pico nocturno; se mantendrá la climatización a temperaturas de al menos 25°C, salvo en los climas tecnológicos que requieran temperaturas menores; se desconectará el alumbrado público, dejando solo el necesario para la seguridad vial y peatonal; y se apagarán y desconectarán los equipos eléctricos y electrónicos al final de la jornada laboral, entre otras medidas.
De acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del decreto, se exige la «implementación de un Sistema de Gestión de la Energía conforme a los requisitos que establece la norma cubana e internacional NC ISO 50001 vigente», con planes energéticos que incluyan metas a cinco años y actualizaciones anuales. Las nuevas inversiones, remodelaciones y cambios tecnológicos deberán cumplir con requisitos de eficiencia energética y «proyectarse con principios de arquitectura bioclimática, tecnologías energéticamente eficientes y el aprovechamiento de las fuentes renovables de energía», mientras que los altos consumidores certificarán sus sistemas de gestión mediante la Oficina Nacional de Normalización.
Otro de los elementos que causó polémica en el decreto es que, según lo estipulado, las nuevas inversiones consideradas altas consumidoras —con un promedio mensual igual o mayor a 30 MWh o 50,000 litros de combustibles— tendrán que cubrir al menos el 50% de su consumo eléctrico en horario pico diurno mediante fuentes renovables. En caso de no ser viable, deberán contratar potencia en parques solares de la Unión Eléctrica. Las empresas que ya estén operando tendrán un período de tres a cinco años para implementar estas acciones.
También se requiere mantener registros, realizar análisis mensuales del uso energético y cumplir con los indicadores de desempeño establecidos, aplicando medidas correctivas según sea necesario.
Durante una comparecencia en la televisión cubana, la ingeniera Leisy Hernández, directora general de la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía, aclaró que el decreto aplica a todos los actores económicos, tanto estatales como privados, pero no al sector residencial.
La funcionaria afirmó que «las nuevas inversiones que hoy surjan en estos actores económicos tienen que nacer con fuentes renovables de energía obligatoriamente, deben autoabastecerse». Esto generó preocupaciones entre usuarios en redes sociales, quienes cuestionaron cómo una pequeña empresa recién creada podría acceder a estas fuentes, que son costosas y no se comercializan en pesos cubanos. Esta pregunta sigue sin respuesta. Por otro lado, el decreto establece esta obligatoriedad solo para los «altos consumidores», aunque la entrevistada se refirió a todos los actores económicos.
Asimismo, la normativa asume como violaciones el incumplimiento de los indicadores de desempeño energético, el uso inadecuado de equipos, fallas en la planificación de consumo y deficiencias en la custodia de tarjetas de combustible, condiciones inseguras en las áreas de transformadores, el uso inapropiado de equipos de climatización, la falta de hermeticidad en locales y la existencia de conexiones no autorizadas, entre otras.
En otra aparición televisiva, la ingeniera mencionó los problemas recurrentes que se han detectado: «Se pueden observar que hay entidades que incumplen con los índices de consumo para las producciones o servicios que ofrecen, que se detectan violaciones en el uso de iluminación cuando no es necesario, que el clima no está ajustado a las temperaturas que debe tener cada uno de los lugares, ya sean tecnológicos o no, que no se cumple con la hermeticidad de los locales, y que las cámaras frías no tienen los aislamientos adecuados».
Entre las sanciones contempladas se encuentran la divulgación pública de las malas prácticas detectadas, deducciones de combustible administrativo e interrupciones del servicio eléctrico por hasta 72 horas. Además, se establecen mecanismos para la doble penalización en caso de múltiples incumplimientos. Las multas oscilan entre 2,500 y 20,000 CUP, según el tipo de entidad.
El decreto también establece normas para un uso racional y eficiente de la electricidad y el combustible, e incluye medidas punitivas para quienes incumplan las regulaciones.
Esto significa que el Estado Cubano está activando protocolos ante la profunda crisis energética por la que atraviesa la Isla.
En otros países, medidas similares han sido aplicadas para fomentar el uso de tecnologías limpias y contribuir a la creación de un mercado sostenible para la energía renovable. En Cuba, no obstante, el objetivo principal es aliviar la sobrecarga de un sistema eléctrico en franco deterioro y mitigar los inminentes colapsos energéticos. Durante todo el año, el déficit energético ha sido prácticamente constante, provocando múltiples apagones en varios territorios del país. La situación llegó a puntos críticos con dos desconexiones totales del sistema electroenergético, que tardaron varios días en restablecerse.
La crisis energética en Cuba está marcada por la obsolescencia tecnológica de su infraestructura eléctrica. Este envejecimiento ha generado constantes fallos en el suministro eléctrico, a pesar de los esfuerzos por mejorar la situación, como la «Revolución Energética. Por otro lado, la falta de inversiones ha sido otro factor clave en la crisis energética. Durante años, Cuba ha carecido del financiamiento necesario para renovar su infraestructura eléctrica, tanto en términos de generación como de distribución. Esto ha provocado que el país dependa de soluciones improvisadas, como el uso de plantas generadoras móviles. Además, la falta de un marco regulatorio adecuado ha impedido la atracción de inversiones extranjeras y nacionales que podrían haber contribuido a la diversificación de la matriz energética. Este decreto intenta suplir esta última deficiencia.
Nuestra opinión es que la promoción de energías renovables es positiva, y además, la normativa establece procesos como las «contingencias energéticas» y las medidas para sobrellevarlas, que muchas veces se llevaban a cabo de forma caótica, sin un enfoque integral y no por todos los actores económicos. Sin embargo, en varios fragmentos del instrumento legal sobresale, más que un interés por fomentar una transición hacia un modelo sostenible, el afán de descargar la presión del SEN sobre sectores específicos de la economía. La ausencia de una estrategia sólida para renovar la infraestructura eléctrica genera incertidumbre sobre la capacidad del país para salir adelante en la crisis.
Aunque estas medidas pueden incentivar el uso de fuentes renovables, también imponen un peso adicional sobre las empresas en un contexto económico ya debilitado. Hasta el momento no se ha explicado con claridad cómo el sector productivo —sobre todo el privado— podría tener acceso a estas fuentes de energía en un mercado nacional marcado por la escasez. Tampoco cómo podrían acceder a las piezas e insumos necesarios para adaptar los locales y equipos a las normativas vigentes. De no acompañarse con ofertas asequibles, y otras opciones complementarias como préstamos bancarios para estos fines, con estas medidas se corre el riesgo de que algunas empresas quiebren o deban cerrar debido a la imposibilidad de adquirir tecnologías costosas, o, en su defecto, trasladen estos costos al precio final de la mercancía.
Por tanto, la implementación de dicho decreto requiere de una planificación más transparente y del apoyo necesario para que los actores económicos puedan cumplir con los requisitos sin comprometer su operatividad. Una normativa, por muy loables que sean sus intenciones, debe tener en cuenta el contexto en el cual se aplicará y las dificultades existentes para llevarse a cabo lo planteado. De lo contrario, estará condenada a ser «letra muerta», o peor, una traba más al desarrollo económico.


Este acumulado de leyes, decretos leyes y ordenanzas ministeriales me recuerda lo dicho por Cornelio Tácito político e historiados romano que aseguro, “Cuánto más corrupto es el estado, más leyes tiene.”. Es su opinión como “Redacción” que “el afán de descargar la presión del SEN sobre sectores específicos de la economía. La ausencia de una estrategia sólida para renovar la infraestructura eléctrica genera incertidumbre sobre la capacidad del país para salir adelante en la crisis.”, la única estrategia y bastante visible de La Continuidad es el vamos viendo, ayer el presidente dijo en una de las tantas visitas a los territorios que con las inversiones que se proponen es a 3 años la incorporación de 2000 MWatt, pero nadie le pregunto porque el proyecto eólico de La Herradora en Las Tunas un parque eólico que debería suministrar 101 megawatt (MW) y del que el suministrados China envió los aerogeneradores hace más de 10 años y que la obra civil La Herradura comenzó a construirse con el objetivo de que estuviera operativo a finales de 2018. Sin embargo, finales de 2024 y hay que creerle al presidente otro nuevo plan teniendo incumplidos todos los anteriores.