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La magnitud de la problemática sanitaria cubana ya no necesita presentación. Pese a la gravedad del panorama, la narrativa oficial ha sido parca y ambigua. Recientemente Miguel Diaz-Canel calificó por primera vez, públicamente, la situación actual de «epidemia», algo que no le compete, puesto que según la Sección Segunda «De la situación de Emergencia epidemiológica» en la Ley de Salud Pública cubana, es el Ministerio de Salud Pública junto al Instituto Nacional de Higiene, Epidemiología y Microbiología quien tiene la obligación de declarar, proponer y dictar las medidas sanitarias que se requieran tanto al gobierno como a la población.
La calificación de epidemia no es solo un elemento discursivo, sino que tiene consecuencias en las estrategias, el alcance, el uso de recursos, la movilización interna e internacional, etc. Es por ello que el término debe ser validado (o inaugurado al menos en televisión pública) por las autoridades correspondientes.
En Cuba no se sabe con precisión cuántas enfermedades infecciosas están circulando. Esto ocurre por varios motivos, principalmente porque la recogida de datos es insuficiente y la falta de transparencia institucional no permite estudios paralelos. Sin embargo, los datos oficiales indicaron un aumento sostenido de los síndromes febriles en 68 municipios; mencionan que el dengue mantiene transmisión activa en 38 municipios, y que La Habana reportó casos en todos sus territorios, sin excepción.
En cuanto al chikungunya, el acumulado nacional ha alcanzado los 21 681 casos, de los cuales más de 20 000 son sospechas clínicas. La enfermedad se ha extendido por 14 provincias, 93 municipios y 151 áreas de salud. La mayor carga —el 98,5 % del total— se concentra en seis provincias: Matanzas, La Habana, Camagüey, Cienfuegos, Artemisa y Villa Clara. Respecto al Oropouche, señalan que desde el 26 de septiembre no se han registrado nuevos casos, ni confirmados ni sospechosos, lo que indica una interrupción temporal de la transmisión.
No obstante, estos datos no sirven como base científica para la planificación y puesta en marcha de proyectos reales. Por poner otro ejemplo: si el Oropouche significó un problema epidemiológico de gran envergadura en un período tan reciente como en el segundo semestre del año anterior; si su estructura, su vector y su huésped, su patogenia, y su comportamiento epidemiológico es similar al resto de arbovirosis, ¿qué evidencia científica respalda la improbable teoría de la interrupción de la transmisión? Probablemente se haya dejado de diagnosticar porque el sistema sanitario cubano no cuenta con los medios para detectar, prevenir y controlar su propagación, además de la posibilidad de que las personas con síntomas no acudan a los servicios de salud. Sin embargo, y aunque parezca obvio, que no se diagnostique no significa que no esté circulando.
Según datos recopilados a partir de información del Perfil de País en la Organización Panamericana de la Salud y en la prensa estatal y no estatal, ahora mismo pueden estar circulando en Cuba disímiles enfermedades tropicales, algunas endémicas y otras novedosas: las arbovirosis en primer lugar, como el dengue, el zika, el chikungunya, el oropouche, que coexisten con influenzas y parainfluenzas, encefalitis y hepatitis (sobre todo A y C), sin olvidar las transmitidas por roedores, como la leptospirosis, ni dejar de mencionar el propio coronavirus.
Queda por descartar otras cuya cercanía epidemiológica y similaridad se han mencionado, como el Virus del Nilo Occidental. Ello ha provocado incontables síndromes febriles inespecíficos, o sea, fiebre cuyo origen no se puede saber con certeza, pues el cuadro clínico desarrollado es apenas distinguible. Algunas de estas enfermedades se complican debido a la situación de insalubridad, la insuficiente alimentación, la falta de recursos y pueden llegar a desarrollar meningoencefalitis, hemorragias, Síndrome de Guillain Barré y otras complicaciones, reportadas sobre todo en redes sociales.
Se añade a esta situación otras condiciones epidemiológicas graves como la interrupción de los servicios eléctricos y de agua potable, la presencia de residuos sólidos y líquidos en las cercanías de viviendas y centros de trabajo, y el reciente paso de Melissa, la tormenta tropical que arrasó con el oriente del país, catalizadores todos de la situación epidemiológica.
Por tanto, ¿se puede declarar en Cuba una emergencia sanitaria?
La experiencia internacional con las emergencias
Las Emergencias de Salud Pública de interés internacional (PHEIC por sus siglas en inglés) es la herramienta clave del Reglamento Sanitario Internacional (RSI). Sin embargo, el proceso de dicha reclamación ha sido históricamente lento, politizado y opaco, con retrasos significativos en la activación de mecanismos de respuesta. Hay múltiples historias al respecto: los cuatro meses que demoró la OMS en declarar la emergencia por Ébola en África Occidental que redujo significativamente la capacidad de contención temprana, un patrón repetido en la de covid-19, cuando la OMS no logró consenso inicial pese a la evidencia de propagación internacional. Estos retrasos llevan a una falsa sensación de seguridad: si la OMS no declara emergencia, los gobiernos tienden a relajar la respuesta.
Es por ello que algunos expertos proponen un sistema escalonado de alertas con criterios objetivos:
- Nivel 1: riesgo alto en un solo país con potencial de expansión.
- Nivel 2: importaciones múltiples con propagación limitada.
- Nivel 3: transmisión sostenida en múltiples países.
La finalidad de declarar una emergencia a tiempo es movilizar recursos extraordinarios, utilizar las fuerzas militares, activar y canalizar la cooperación internacional, evitar daños sociales y económicos mayores y calcular la dimensión y la gravedad de la situación. Además, obliga a reorganizar la fuerza de trabajo sanitaria, tomar control temporal de la logística y las instituciones, limitar movimientos, abrir hospitales de campaña o suspender actividades escolares y laborales.
Pero también implican riesgos: limitación de libertades civiles, potencial arbitrariedad, decisiones sin control democrático y uso político del estado de emergencia, además del daño económico que ocasionaría un cierre de fronteras o similares decisiones.
Cuando la escala global aterriza en los territorios nacionales, las autoridades internacionales regulan las emergencias sanitarias de sus estados miembro, siempre priorizando los intereses y la legislación de cada país soberano.
No existe un único umbral numérico, pero la OMS suele basarse en tres criterios:
- Gravedad: Cuando hay riesgo elevado para la salud colectiva, aumento inusual de casos, o presencia simultánea de varias enfermedades transmisibles.
- Extensión geográfica: Cuando la transmisión se documenta en múltiples provincias o territorios.
- Capacidad de respuesta superada: Cuando los sistemas de vigilancia, diagnóstico, atención o control vectorial no pueden manejar la situación.
Como es evidente en la situación actual, Cuba cumple con los tres criterios.
Lo que dice la ley cubana
El marco jurídico cubano en materia de salud pública establece, desde las Disposiciones Preliminares de la Ley, que el sistema sanitario debe garantizar el derecho a la salud mediante servicios gratuitos, integrales y de calidad, sustentados en esfuerzos intersectoriales entre la sociedad y el Estado y asegurados por la responsabilidad estatal en la provisión de recursos humanos y materiales .
La Ley declara que estos servicios deben prestarse con dignidad, equidad y sin discriminación (Art. 4), y sitúa al MINSAP como órgano rector del Sistema Nacional de Salud, cuyas disposiciones se interpretan conforme a la Constitución y los tratados internacionales suscritos por Cuba (Art. 6). A ello se suma que el MINSAP desarrolla el Sistema de Vigilancia en Salud, encargado de captar y analizar información para alertar y asistir a autoridades sanitarias y gubernamentales (Art. 33), en coordinación con una red local y nacional que permite tomar decisiones basadas en la evolución de los eventos de interés sanitario.
Asimismo, el Ministerio regula el ejercicio profesional, garantiza la presencia de personal en territorios que lo requieran (Art. 49), y determina la planificación económica, la distribución de recursos y el encadenamiento productivo del Sistema (Arts. 60–62).
En el ámbito específico de la Higiene, Epidemiología y Microbiología, la Ley otorga al MINSAP la responsabilidad de establecer regulaciones científicas, técnicas y metodológicas para la promoción, prevención y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, así como para la atención de situaciones de emergencia epidemiológica o sanitaria (Art. 67).
Finalmente, la Sección Segunda «De la situación de emergencia epidemiológica» define que, ante epidemias, pandemias o eventos graves, el MINSAP es la autoridad encargada de dictar las medidas sanitarias necesarias, de cumplimiento obligatorio para toda la población (Art. 71); y, cuando exista una amenaza grave e inmediata para la salud pública —con potencial de convertirse en evento de importancia nacional o internacional— debe además establecer controles sanitarios internacionales, reorganizar los servicios y ejecutar las misiones definidas por el Estado (Art. 71.2).
En tales circunstancias, el ministro de Salud Pública tiene la obligación de informar y proponer al gobierno las intervenciones sanitarias requeridas, guiadas por principios éticos y regulatorios y considerando el balance riesgo-beneficio para individuos, grupos y sociedad (Art. 72).
¿Por qué es importante llamarlo por su nombre, emergencia sanitaria?
Dado que el marco regulatorio nacional e internacional lo permite, que la situación actual sea declarada «emergencia sanitaria» facilitaría procedimientos fundamentales:
- Movilizar y estimular la cooperación internacional, usar recursos económicos extraordinarios (como emplear los hoteles como albergues, y los institutos o escuelas como hospitales).
- Priorizar los productos biofarmacéuticos para mitigar las consecuencias de las infecciones circulantes y garantizar el cuadro básico de medicamentos.
- Permitir las donaciones de privados.
- Movilizar al ejército para la recogida de residuos sólidos urbanos.
Y, en mi criterio lo más importante: pedir ayuda técnica y científica a consultoras internacionales, a la OPS, OMS y otras instituciones similares como GAVI, los centros para el Control y la prevención de enfermedades (CDC), La Autoridad de Preparación y Respuesta ante Emergencias Sanitarias (HERA) y, si fuera políticamente viable, a gobiernos extranjeros con recursos y experiencia en el manejo de epidemias.
Por otro lado, en el caso cubano, la limitaciones en el suministro y la falta de recursos indica que la mejor solución a corto plazo son las donaciones.
El espíritu de las regulaciones para emergencias descansa, en esencia, sobre tres criterios que permiten suspender los procesos ordinarios: que la situación sea verdaderamente apremiante, que el daño previsto o potencial tenga dimensiones calamitosas y que dicho daño no pueda evitarse mediante los mecanismos institucionales habituales.
Las facultades extraordinarias que se activan en un escenario de emergencia pueden parecer desmesuradas, pero responden a una lógica muy concreta: cuando la situación es tan apremiante que amenaza con volverse catastrófica y cuando ese daño no puede detenerse a través de los procedimientos ordinarios, el Estado asume poderes que alteran la normalidad jurídica. El espíritu de estas leyes parte de esa premisa: hay momentos en los que la urgencia pesa más que valores que, en tiempos normales, consideramos intocables. No se trata de ignorarlos, sino de admitir que ante riesgos graves e inminentes, la protección colectiva puede exigir una suspensión temporal de esas garantías.
Dentro de esos marcos excepcionales, los gobiernos pueden asumir atribuciones que van desde actuar como comandancia militar hasta suspender leyes que rigen el funcionamiento ordinario del Estado. Se les permite movilizar todos los recursos gubernamentales disponibles, utilizar propiedades privadas y públicas, controlar el movimiento de personas, especialmente en procesos de evacuación o en zonas afectadas. También pueden desplegar fondos de emergencia o contingencia, aunque el poder legislativo mantenga, en condiciones democráticas saludables, su papel en las decisiones a tomar. Además, las declaraciones de emergencia tienen un efecto político y diplomático propio: generan atención pública, rompen bloqueos legislativos y permiten avanzar medidas que, bajo la presión de intereses particulares o la inercia institucional, habrían quedado paralizadas.
Es por ello que la declaración de una emergencia sanitaria en Cuba es más que viable, pero queda frenada sobre todo por intereses políticos que, en mi criterio, descansan en dos causas fundamentales: no movilizar recursos privados (o cuasiprivados (como los de las sociedades anónimas) para su resolución y no mostrarse vulnerable ante las autoridades sanitarias, la prensa extranjera, la diplomacia. Igualmente influye el temor de afectar el flujo turístico, uno de los renglones que se asume como prioritario por las políticas económicas, a pesar de sus bajos números.
Es importante aclarar que no solo necesita ser una enfermedad letal para declarar dicha situación; ello comprende incluso desastres naturales y actos terroristas, o sea, cualquier cosa que dañe críticamente la salud y el bienestar del pueblo y que supere las capacidades de resolución del gobierno.
Lo que ocurre hoy en Cuba no es solo una crisis sanitaria, sino una pieza más del engranaje de la policrisis que amenaza cualquier ápice de calidad de vida del país y su gente. Las epidemias —las visibles y las no tanto— han terminado por erosionar la ficción que durante décadas ha sostenido el discurso oficial cubano sobre la calidad del sistema sanitario y el cuidado que en ello pone el gobierno. Reconocer la emergencia sería una acción de responsabilidad que ampliaría la percepción de la población sobre el riesgo real al que está expuesta, y que abriría la puerta a la ayuda internacional. Lo peor, sin dudas, nada indica que las medidas a largo plazo tampoco están tomadas, y como lleva varios años ocurriendo, especialmente después de la pandemia de covid, los brotes infecciosos y las crisis sanitarias ocurrirán cada año, más o menos en momentos similares, como indica la evidencia científica internacional, más allá de que el gobierno decida reconocerlas o no.


Mientras los mandantes súper pongan la » política» a la realidad, entendida política como encubrimiento de la realidad, tipo avestruz que mete la cabeza y deja el culo afuera, estaremos en el mismo Gatopardismo. Simplemente, no les importa. El enorme pie de la realidad debe entrar en la idealizada zapatilla de la » ideología», que no es otra cosa que la definición que daba Marx de falsa conciencia inducida para explotar y explicar. El se refería a la burguesía como manejadora de esas falacias, pero .. en qué se ha convertido la casta verde olivo ya enguayaberada con guayaberas extranjeras? Una casta burguesa como otra cualquiera, defendiendo sus intereses. Y un alto porciento de vanidad y fatal arrogancia. No declaran emergencia, porque ELLOS no tienen ninguna emergencia. Y era, es, para pedir ayuda a todo el que pudiera darla. Pero no, la gente, el pueblo, que joda y se muera creativamente. Están más ocupados haciendo apurados la
s maletas, porque ya están marcados en la lista negra, y pronto irán a por ellos.