Descolonizar el archivo. ¿Qué patrimonio habla por los subalternos?

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¿Qué es un archivo? ¿Qué cosas invaluables guarda? ¿Hablará de mí o de ti el archivo dentro de cientos de años? ¿De qué raza, género o clase social son los protagonistas de la historia que cuentan los archivos? ¿Almacena el Estado la historia que le conviene contar?

Todas estas preguntas vienen a mi cabeza mientras intento hablar del archivo en Cuba. Inicialmente mi preocupación era acerca del mal estado de conservación de los archivos del país y la fuga de documentos hacia otras latitudes, pero ¿es ese realmente el problema?

¿De dónde vienen los archivos que tenemos?

Cuba posee una tradición archivística de más de 450 años. Entre 1569 y 1902, los Felipe II y Felipe III, conocidos como los reyes archiveros, sentaron las bases para la conservación de los libros de la contaduría de la Real Hacienda, pero no es hasta el 28 de enero de 1840 que la reina de España, María Cristina de Borbón emite un decreto que crea el Archivo General de la Real Hacienda de la Isla de Cuba, el quinto Archivo en antigüedad de América Latina.

Según el investigador cubano Yorlis Delgado, en el periodo de transición a la Neocolonia, el gobierno militar, mediante la Orden n.o 167 creó el cargo de conservador de archivo en el Departamento de Estado y Gobernación.

Este autor define que «la primera regulación en Cuba que abrió las puertas del Archivo Nacional de Cuba a los usuarios, fue el Decreto emitido en 1901 por Domingo Méndez Capote». No obstante, en 1907 el Decreto n.o 900 prohíbe la extracción de documentos del archivo, por la no devolución de algunos de estos por parte de los usuarios. Para suerte de los investigadores, en 1908 se añade una excepción a dicha prohibición y, según Delgado, se permite la extracción de «las causas criminales en las cuales no haya resolución definitiva», con el fin de su reclamación en Tribunales.  

Hasta este punto y por las lógicas de dominación que la historia ha impuesto hasta la actualidad, los archivistas cubanos eran hombres blancos y en los archivos cubanos se recogía la relación del Estado y sus instituciones con la ciudadanía.

El Archivo Nacional de Cuba se inaugura en su localización actual en La Habana Vieja en septiembre de 1944. El 24 de abril de 1959, mediante la Ley n.o 289 se integra a la Dirección General de Cultura del Ministerio de Educación y el 19 de abril de 1963, mediante la Ley n.o 1108 se une a la Academia de Ciencias de Cuba. Actualmente, el Archivo Nacional es parte del Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente.

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Archivo Nacional de Cuba / Foto: Ecured

Volviendo a la historiografía legal del archivo que propone Delgado, el año 1960 supone para la conservación archivística cubana un paso renovador, ya que el Estado, mediante la Ley n.o 714 de ese año, dota al Archivo Nacional del poder de almacenar, conservar y promover la investigación en torno al patrimonio documental de la nación. En ese punto comienza la capacitación de expertos en el área.

La Constitución de 1976 en su artículo 39h dice que «el Estado vela por la conservación del patrimonio cultural y la riqueza artística e histórica de la nación». Se trata de un apartado genérico que no particulariza en el rol de los archivos y no es hasta el 8 de agosto de 2001 con el Decreto-Ley n.o 221 «De los archivos de la República de Cuba» emitido por el Consejo de Estado, que se crea el Sistema Nacional de Archivos, como un mecanismo nacional de protección y administración de los documentos valiosos. Dicha legislación, establece la creación de archivos en cada uno de los órganos Estatales y gubernamentales, y en todas las organizaciones civiles que poseen relación con el Estado.

No obstante, tuvieron que pasar ocho años para que se promulgara el Decreto- Ley n.o 265 de 2009, que materializa el rol del Archivo Nacional como rector del Sistema Nacional de Archivos. Desde entonces, según Delgado, dicho sistema está integrado por «el Archivo Nacional de la República de Cuba y los restantes archivos históricos, los centrales, los de gestión, los especializados, los universitarios, así como por los particulares y personales, cuyos titulares así lo decidan».

La Constitución de 2019, en sus artículos 53, 97 y 101h dispone que todas las personas tienen el derecho a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna y acceder a la que se genere en los órganos del Estado y entidades. Esta reconoce el derecho de toda persona a acceder a sus datos personales en registros, archivos u otras bases de datos e información de carácter público. Por ende, desde la aprobación de la nueva Carta Magna se avizoraban cambios en materia de acceso a los archivos en Cuba.

La Constitución de 2019 dispone que todas las personas tienen el derecho a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna.

Finalmente, el 18 de julio de 2024 se aprobó en la Asamblea Nacional del Poder Popular la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que busca instrumentar los mecanismos de acceso de la población al Sistema Nacional de Archivos. En dicha ley, no solo se norma el acceso público a la documentación, sino que se exhorta a su digitalización y a que se trabaje en volverla más accesible al público.

Aun así, como expliqué en un texto anterior, «los ministerios del Interior, de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, y de Relaciones Exteriores, que asumen la rectoría de su propio Sistema de Transparencia y Acceso a la Información Pública y dan cuenta de su actuar a la Asamblea Nacional del Poder Popular», es decir que el poder militar cubano y sus relaciones internacionales escapan de la fiscalización pública y el órgano rector de la aplicación de la Ley de Transparencia es un ministerio».

Además, el artículo 13 de la ley afirma que «todas las personas tienen derecho a acceder y consultar la información pública, cuando no se encuentre transparentada, que comprende el derecho de recibirla y divulgarla, siempre que no se incluya entre las excepciones establecidas», por lo que puede suponerse que cualquier persona natural pudiera solicitar información a los llamados «sujetos obligados». No obstante, la solicitud de información en el caso de los periodistas (artículo 18), la solicitud está sujeta a la Ley de Comunicación Social, que desconoce el periodismo independiente a los organismos controlados por el Estado.

En este momento de la historiografía del archivo, se sigue pensando el patrimonio documental debe conservarse en Cuba como el resultado de la relación entre los sujetos y el Estado, el cual parece abrir a veces sus arcas documentales, pero no sin excepciones importantes.

Los silencios del archivo

El ICA define que: «los archivos son el subproducto documental de la actividad humana que se conserva por su valor a largo plazo. Los documentos creados en el curso de la vida cotidiana y las acciones de individuos y organizaciones ofrecen una mirada directa a los acontecimientos del pasado».  

La Declaración Universal de los Archivos fue adoptada en la 36ª Sesión de la Conferencia General de la UNESCO el 10 de noviembre de 2011. Dicho documento también define a los archivos como instrumentos sujetos a toda «toma de decisión, acción y memoria registrada en todo formato: papel, digital, y audio visual». También destaca el rol de los archivos para asegurar «la transparencia administrativa y la democracia de la rendición de cuentas»; «apoya[r] la democracia y los derechos humanos, y conserva [r] la memoria social colectiva», asimismo «subraya los requisitos clave para conseguir una buena gestión archivística».

En un texto reciente en La Joven Cuba, el escritor cubano Norge Espinosa, refiriéndose a los archivos publicados por el periodista José Raúl Gallego acerca de las Unidades Militares de Ayuda a la Producción (UMAPS), dijo:

«Basta que aparezcan documentos como los que ahora salen a la luz para que la falta de un archivo, de una memoria coherente y consecuente con nuestros errores, explique a la Revolución en una dimensión que ya esas otras historias van organizando, más allá de la marea de consignas y épica que resuena como un eco inacabable en los oídos de quienes intentan justificar o excusar a los responsables, ya muertos o aún vivos, de tales descalabros».

Espinosa apunta a un problema esencial de los archivos en Cuba, que ha fomentado los vacíos en la historia de los subalternos: la censura. Recientemente, en una conferencia impartida en la Universidad Central del Ecuador, el profesor cubano Jorge Luis Acanda afirmó que: «El poder se alimenta del monopolio de hacer las preguntas y cuestionar las preguntas es enfrentar al poder».

Espinosa apunta a un problema esencial de los archivos en Cuba, que ha fomentado los vacíos en la historia de los subalternos: la censura.

A ello añadiría que el poder gestiona las respuestas a las preguntas mediante el monopolio del sentido común que planteaba Gramsci, aplicado a las diferentes esferas en que se desarrolla la vida: la política, la comunicación, la historia que se cuenta y los hechos de los cuales quedan o no evidencias para contarla.

La dinámica de ocultamiento o desclasificación de archivos es una de las formas en que el Estado ejerce el poder sobre su territorio. Hablar de las UMAPS hace años atrás en Cuba era un tabú y, por muchos procesos de rectificación de errores y disculpas públicas que hayan sucedido, lo sigue siendo en determinados círculos académicos, como fue también hablar de un soviético tan lejano en el tiempo como León Trotski, por esa influencia soviético-estalinista que invadió la esfera intelectual cubana en la segunda mitad del siglo XX. 

Ocultar información no es privativo del Estado cubano. Julian Assange, el creador de WikiLeaks, estuvo siete años asilado por desclasificar archivos y fue declarado como un terrorista internacional por el Departamento de Estado de EEUU. Todas las naciones tienen trapos sucios que esconder y se encargan de confinarlos a las gavetas más oscuras de la historia.

Desde 1994 el Consejo Internacional de Archivos (ICA) ha publicado normas sobre el acceso a los archivos en todo el mundo que abarcan los principios de acceso a los mismos desde el ángulo de la potestad legal para consultarlos. Dichas normas explicitan que:

  1. El público tiene derecho de acceso a los archivos de los organismos públicos. Tanto las entidades públicas como las privadas deberían abrir ampliamente sus archivos en la medida de lo posible.
  2. Las instituciones que custodian archivos deben dar a conocer la existencia de los mismos, incluso informando de la existencia de documentos no accesibles, y han de informar sobre la existencia de restricciones que afectan al acceso a los archivos.
  3. Las instituciones que custodian archivos deben adoptar iniciativas sobre el acceso.
  4. Las instituciones que custodian archivos garantizan que las restricciones de acceso son claras y tienen una duración determinada, están basadas en la legislación pertinente y en consonancia con el derecho a la privacidad y el respeto a los derechos de los propietarios de los documentos privados.
  5. Los archivos son accesibles en términos iguales e imparciales.
  6. Las instituciones que conservan archivos garantizan que las víctimas de graves crímenes del derecho internacional tengan acceso a los archivos que contienen la evidencia necesaria para hacer valer los derechos humanos y para documentar las violaciones de los mismos, incluso cuando esos archivos no son accesibles para el público en general.
  7. Los usuarios tienen derecho de reclamar una denegación de acceso.
  8. Las instituciones que custodian archivos garantizan que las limitaciones derivadas del funcionamiento no impidan el acceso a los archivos.
  9. Los archiveros tienen acceso a todos los archivos cerrados y realizarán todo el trabajo archivístico necesario en ellos.
  10. Los archiveros participan en los procesos de toma de decisiones sobre el acceso.

Teniendo en cuenta estos principios, queda claro que la clasificación constante de archivos relacionados con momentos históricos como las UMAPS en Cuba, tal y como ocurre en gran parte del mundo, no responde al «deber ser» que establecen organizaciones internacionales como UNESCO e ICA. Los archivos, y la gestión de la información asociada a la relación de las instituciones con la ciudadanía, se dirimen mediante lógicas de ocultamiento y vigilancia que tributan al sostenimiento del dominio del Estado sobre su territorio.

¿Es posible democratizar y descentralizar el patrimonio archivístico cubano?

Según la experiencia de varios investigadores consultados, el archivo en Cuba funciona de manera presencial, es decir, que para acceder a él se necesita alguna acreditación o carta que certifique el objetivo de la investigación y detalle cuáles son los fondos que se van a consultar. Por tanto, hasta el momento, este procedimiento implicaría que quien acceda a él deba pertenecer, o al menos estar avalado por una institución estatal. Lo cual, hasta cierto punto, entraría en contradicción con lo promulgado por la citada Ley de Transparencia.

Respecto a la condición de los archivos en Cuba, el historiador cubano Alexander Hall afirma que no hay que ser un gran experto para saber que se encuentran en un estado de deterioro avanzado, que tienen una escasa y pobre digitalización, que en materia constructiva hay un deterioro de su infraestructura debido a la baja inversión en materia de reparación, etcétera.

Hall explica que el robo de archivos, es un fenómeno común de los países del sur. Para él, «la mejor forma de evitar este tráfico es a través de la digitalización de los archivos y a su puesta pública para el libre acceso de todos los investigadores de cualquier parte del mundo».

Esta idea rompe un tanto con la exclusividad de los archivos. No obstante, el joven historiador también llama la atención en que «su digitalización permitiría ahorros en cuanto a viajes, hospedajes, alimentación y todo lo que requiere el ejercicio de la investigación transnacional», por lo poner los archivos a disposición pública constituye una forma de democratizar el acceso a la información.

Dicho investigador confiesa que hay colecciones de revistas y de periódicos que no están disponibles en bibliotecas de archivos cubanos. Sin embargo, estas se encuentran accesibles en muchísimas universidades de Estados Unidos, que suelen especializarse en el tratamiento del Caribe y también específicamente el tema cubano, como la Universidad de Miami y la Universidad Internacional de la Florida. Se trata de una realidad que «forma parte de la contradicción norte-sur y de la que Cuba no es ajena», explica.

Hay colecciones de revistas y de periódicos que no están disponibles en bibliotecas de archivos cubanos. Sin embargo, estas se encuentran accesibles en muchísimas universidades de Estados Unidos.

No obstante, es necesario pensar el archivo y su conservación más allá de su relación con el Estado. ¿Qué normas definen a los documentos u objetos que el poder ha tocado o creado como valiosas? ¿Qué pasa con las cosas cotidianas, los objetos y documentos que cuentan la historia de las personas y las cosas?

Hace mucho que los historiadores vienen decolonizando sus fuentes y maneras de contar. La escuela de los Annales y su dimensión de la historia total donde las sociedades son el sujeto de la narrativa, continúa siendo en Cuba un referente importante de la academia. Sin embargo, destacan los esfuerzos de historiadores como el recién fallecido, Tomás Fernández Robaina y el propio Alexander Hall, que intentan contar la historia de los subalternos y rescatar la versión afrocubana de los hechos. 

En el caso del rescate del archivo fílmico cubano, destaca la gestión independiente del colectivo Archivistas Salvajes, que se dedica «al rescate y la preservación del patrimonio fílmico amateur y doméstico rodado por aficionados cubanos». Este proyecto, según el cineasta cubano, Daniel Saucedo, uno de sus fundadores, rescata el trabajo de los cine-clubes de creación o de colectivos independientes de aficionados cubanos.

Hasta el momento, los Archivistas Salvajes han rescatado 193 películas de las 546 de las que han tenido noticias. Dichos materiales pertenecen a 17 cineclubes de creación o colectivos independientes de los 84 registrados hasta 1996 en la Federación Nacional de Cine Clubes de Creación (FNCC).

Otro ejemplo es archivo Cubanecuir, una colección documental fundada por la investigadora y archivista trans, Librada González Fernández. Dicho proyecto independiente y autogestionado busca preservar el legado de la comunidad LGBTIQ+ cubana, dentro de la isla y en la diáspora. «Desde el 2019, el Archivo tiene sede en Brooklyn, NY y cuenta con una colección física y digital, compuestas mayormente por materiales donados por la comunidad. La colección física del archivo cuenta con más de 500 piezas», según se especifica en su página web.

Este tipo de experiencias abren la posibilidad de pensar en Cuba un archivo e historia menos, blanca, cis, privilegiada y estadocéntrica y con ello no quiero quitarle importancia a la información que se genera en la interacción Estado-ciudadanía, y mucho menos a la pertinencia de su conservación y democratización del acceso a ella. Más bien, llamo a pensar ese ente abstracto que es «el archivo», como el espacio que nos representará dentro de cientos de años. ¿Queremos entonces que ese archivo hable solamente de lo que el Estado, atravesado por lógicas patriarcales y del capital, etiqueta como relevante? o ¿queremos un archivo en que también hable el subalterno?

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Lisbeth Moya González
Lisbeth Moya González
Periodista y escritora marxista cubana

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