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Derecho

El Derecho y la Ley en Cuba a un año del 11-J

por Julio Antonio Fernández Estrada 12 julio 2022
escrito por Julio Antonio Fernández Estrada

El 11 de julio de 2021 tuvo muchos significados para la sociedad cubana. También los ha tenido para el mundo del Derecho. A las manifestaciones, mayormente pacíficas, que se realizaron en decenas de ciudades del país, el gobierno dio una respuesta jurídica-política que ha zarandeado la precaria legitimidad que la legalidad y el Estado de Derecho conservaban en Cuba.

El Derecho cubano antes del 11 de julio

La bienvenida en 2019 a una Constitución con derechos humanos, supremacía constitucional, Estado socialista de derecho, consagración del habeas corpus y reglas del debido proceso, podía hacer creer que la respuesta a situaciones como las del 11 y 12 de julio de 2021 encontraría formas jurídicas distintas; sin embargo, la reacción del gobierno no dio margen a la prudencia ni a la moderación. El Derecho cubano, atado de forma asfixiante a directrices ideológicas y políticas concretas distintas a las que la Constitución y la ética informan, no pudo resolver —ni científica ni técnicamente— los dilemas jurídicos derivados de aquellos días.

Todos los ordenamientos jurídicos nacionales, del país que sea, han sido producidos por un aparato de poder estatal y tienen lastres políticos e ideológicos. El Derecho no se declara, entonces, independiente de una maquinaria política, pero su legitimidad depende, sin excepciones, de que él mismo produzca los límites de la intervención del Estado, y de los gobiernos que se sucedan, en el desempeño de la legalidad y en la administración de justicia.

El Derecho cubano es, por ende, el del Estado socialista; al menos el del Estado que emergió de la Constitución de 2019: un derecho de la reforma liberal de la economía cubana, jamás completada, y de la reforma de la democracia, jamás comenzada. Si se estudia el ordenamiento jurídico insular, encontraremos en él contradicciones típicas de las etapas de transición del socialismo con un estado todopoderoso, al socialismo con una economía mixta, con propiedad privada, que apuesta por la inversión extranjera y elimina el vocabulario y principios del constitucionalismo soviético.

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Votaron por el “Sí” a la Constitución de 2019, un total de 6.816.169 cubanos, lo que representa el 73.31 % de los electores. (Foto: BBC)

Por otro lado, el Derecho cubano padece graves problemas de unidad interna de su ordenamiento jurídico, pues en él coinciden propuestas de leyes como el Código de las Familias —avanzado, progresista, técnicamente complejo, al rescate de la autonomía de la voluntad para la solución de muchas relaciones jurídicas familiares—, con otras como el Código Penal, que conserva la pena de muerte frente a una Constitución que consagra el derecho a la vida, y penaliza conductas eminentemente civiles, como la manifestación política y la utilización de fondos extranjeros, legalmente recibidos, para desarrollar cualquier actividad que los intérpretes del Derecho consideren contraria al orden político vigente.

A este momento hemos llegado tras décadas de una férrea administrativización del Derecho civil cubano, en un ambiente donde el tráfico jurídico patrimonial —en el que debían resolverse la aplicación de las normas de los derechos de obligaciones y contratos, de propiedad, de sucesiones por causa de muerte, mercantil—, fue amarrado a decisiones menores del Ministerio de Justicia y a otras normas especiales, que redujeron estas ramas del Derecho a indicaciones que los notarios y notarias debían conocer con más profundidad que la ley.

En el ámbito penal la crisis tampoco es nueva. Las políticas penales han sido más importantes que la franca interpretación de la ley durante toda la historia de la institucionalización socialista. Se ha llegado a concebir abominaciones como el Índice de Peligrosidad Pre-delictiva, afortunadamente abrogado en la nueva Ley de Procesos Penales, o como los Delitos Priorizados, estos no reconocidos en la ley pero sí presentes en la vida cotidiana de los operadores del derecho penal en Cuba.

Un delito que se considere priorizado debe juzgarse de forma distinta a la que indica la ley, sus consecuencias trascienden el momento de la instrucción, y de su posible condena porque llega hasta a la prohibición de los beneficios penales que un sancionado merece. Si el delito es priorizado, el sancionado puede encontrarse ante un callejón sin salida.

Aquí también los controles administrativos han sido inmensos. Los jueces son inspeccionados por sus sentencias absolutorias, los fiscales por no mantener la petición de un marco sancionador alto para el acusado, y la propia administración de justicia se ha organizado para priorizar la sanción de los procesados y no precisamente el hallazgo incontestable de la verdad.

La Constitución de 2019 mantuvo la regla, ya existente en la de 1976, de que los Tribunales reciben directrices del Consejo de Estado. Con esto se redondea la influencia del Partido en la administración de justicia, porque en Cuba el Partido dirige al Estado y a la sociedad toda. A tenor con ello, queda en entredicho el principio, también constitucional, de independencia de los jueces.

Tal práctica pudo constatarse en el video, difundido recientemente por Diario de Cuba, de una reunión efectuada en el año 2018 entre dirigentes del Tribunal Supremo, la Fiscalía General de la República y el Ministerio del Interior. En ella, el presidente del Tribunal Supremo declara a viva voz que la administración de justicia se pacta entre los diferentes órganos intervinientes en el proceso penal y deja claro cómo los Tribunales Populares ayudan a la Fiscalía a arreglar sus expedientes y conclusiones provisionales acusatorias con el fin de sancionar de manera categórica a los acusados.

Todo esto ha sucedido en un contexto político de expansión del totalitarismo en el que el Derecho no es precisamente la baza preferida. La ojeriza manifiesta de los cuadros de dirección cubanos a las cuestiones jurídicas no es consecuencia únicamente de su acomodamiento en el burocratismo, sino del desprecio a los límites, a los valores de justicia, equidad, legalidad, transparencia, rendición de cuentas, y a cualquier enfoque de derechos humanos en la administración pública y en el funcionamiento interno del Partido.

Se ganó la batalla por la inclusión de los derechos humanos en la Constitución, pero la batalla por la realización de los mismos no ha traído similar victoria. Cuba es, desde la incorporación de esta institución en el proyecto constitucional de Chile, el único país de América Latina que no cuenta con una Defensoría del Pueblo. Somos asimismo un Estado sin control constitucional como actividad especializada en un órgano, ya que no existen en la Isla un Tribunal Constitucional ni otra institución política independiente que realice dicha función, que recae esencialmente en la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Para colmo de males, la reciente Ley de Amparo cubana ha reducido la defensa judicial mediante recurso interpuesto a salas de lo constitucional en los tribunales, a los derechos que no puedan defenderse por otra vía procesal, es decir, que no cuenten con un proceso propio de protección. De tal forma, se reducen mucho las posibilidades de desarrollo de esta garantía, esbozada en la Constitución de 2019.

El Derecho ante los hechos del 11 de julio

En este contexto el Derecho cubano no hizo otra cosa que responder como podía. La orden de combate dada el 11 de julio por el presidente de la República, no solo fue para que el pueblo que apoyaba al oficialismo y las instituciones armadas del país se enfrentaran a los manifestantes, sino que se extendió al ámbito de la justicia.

Los días posteriores a los hechos de julio no anunciaban una respuesta legal ajustada a Derecho. Tampoco lo hacían las cientos de detenciones arbitrarias del 11, 12 y días venideros. Además, las manifestaciones fueron consideradas como organizadas desde territorio de los Estados Unidos y orquestadas por la contrarrevolución, lo que dejaba el escenario listo para la represión, también penal.

Es en momentos como estos que una administración de justicia independiente es necesaria y se echa de menos. A la hora en que políticos y miles de personas exigen respuestas punitivas, alguien debe poner un paño frío sobre la zona candente de tensión. Cuando debió darse el ejemplo de una Fiscalía que protegiera los derechos humanos y la Constitución, nos encontramos con miles de detenidos sin garantías del debido proceso, sin paradero conocido, sin derecho a una defensa con las manos desatadas.

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A la hora en que políticos y miles de personas exigen respuestas punitivas, alguien debe poner un paño frío sobre la zona candente de tensión. (Foto: Adalberto Roque/AFP)

La petición fiscal de graves sanciones de privación de libertad por el delito de sedición a los acusados, demostraba que estos procesos no discurrían por un camino de independencia política e ideológica. Ningún fiscal en Cuba habría sido capaz de calificar las manifestaciones del 11 y 12 de julio como sedición, si no se les hubiese indicado cual solución ejemplarizante.

Los Tribunales también tenían las manos atadas. La propaganda política oficial que acompañó este proceso no permitía juzgar de forma independiente y neutral. Gran cantidad de personas menores de edad, pero imputables, habían sido detenidas; las sanciones que se solicitaban para ellas no eran lógicas, no eran educativas, no encontraban correspondencia con los hechos juzgados. Pero fueron sancionados, y cuando fue necesario reducir las sanciones, ello se hizo de la misma manera arbitraria con que se impusieron.

Muchos jueces, fiscales y abogados cubanos no quieren ser parte de ese carnaval dantesco, donde la justicia no importa y los juicios y procesos son resueltos en lugares y momentos distintos a los que manda la ley; pero ese es el ambiente real en el que trabajan y en el que tratan de ser honestos y honestas alguna que otra vez, cuando se les permite.

El Derecho cubano, la legalidad, el orden y la justicia, se tambalean desde mucho antes del 11 de julio de 2021. El golpe brutal que recibió la inocente quijada del Estado cubano hace un año, cuando supo que el pueblo sí se podía cansar, gritar, andar, levantar, exigir; no lo ha hecho aprender la lección con humildad y respeto por el soberano a quien se debe, sino que lo ha conducido a reforzar las bases políticas y legales para responder con más severidad a cualquier intento semejante de la gente.

Tampoco es inocente ya el pueblo de Cuba. No lo fueron nunca los pobres que se lanzaron a las calles en julio, los más necesitados y los más preteridos por el proyecto socialista cubano, que hace mucho abandonó su camino hacia la socialización y se concentró en una sola vía hacia el poder absoluto e incontestable de un Partido y una forma exclusiva e incuestionable de organización política, económica, y su correspondiente administración.

La gente aprendió, eso sí, que la ley del pueblo no existe. Que el Derecho en Cuba debe ser cambiado, tanto como la economía y como las formas de hacer política. Que la ley no basta, que hacen falta un Estado y un gobierno que la defiendan, que la respeten, que la dejen ser y proteger, aun cuando esto tenga que ser muchas veces contra los intereses de los poderosos.

12 julio 2022 15 comentarios 1,6K vistas
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Desterrado (1)

Desterrados de su destierro

por José Manuel González Rubines 27 septiembre 2021
escrito por José Manuel González Rubines

A Hamlet Lavastida y Katherine Bisquet los han desterrado. Con ellos ya hay tres cubanos cuyos casos han trascendido, que son castigados —no condenados, puesto que ningún tribunal los juzgó— en lo que va de 2021 a la terrible pena que sufrieron nuestros patriotas del siglo XIX.

Primero fue la joven periodista Karla María Pérez González, quien el 18 de marzo pasado, después de terminar una estancia de estudios, quedó varada en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, en Panamá, sin patria adonde volver. Costa Rica, país del cual salía, le ofreció asilo.

Desde finales de junio, a su regreso de una residencia artística en Alemania, Lavastida fue arrestado por la Seguridad del Estado y recluido en Villa Marista bajo el cargo de «incitación a delinquir». El motivo: un mensaje en el chat privado de Telegram del grupo 27-N —mostrado por Humberto López en su espacio del NTV—, donde Hamlet proponía marcar billetes bancarios con logotipos del Movimiento San Isidro (MSI) y del propio 27-N, iniciativa que fue desestimada, por lo que nunca llegó a realizarse.

Su novia, la escritora y activista Katherine Bisquet, aseguró en un post en Facebook que durante los noventa días que Hamlet permaneció privado de libertad, ella sufrió, además de otras violaciones, prisión domiciliaria por sesenta y cinco días, situación en la que también se halla la activista Carolina Barrero desde el 23 de junio. Finalmente, Katherine afirma que su salida del país fue la moneda de cambio que le exigieron para liberar a su pareja.

Desterrado (2)

Karla María Pérez González (Foto tomada de su perfil de Facebook)

¿Qué delito han cometido estás personas para merecer una pena que la mayoría de las naciones modernas rechaza? Ninguno, puesto que no hubo tribunal que los sentenciara.

¿Qué piensa esa pareja de jóvenes cubanos que merecen ser expulsados de su país por ello? No importa, da igual si creen que la Tierra es plana, que las vacunas son guarapo de caña o que los extraterrestres construyeron las pirámides de Egipto. Los derechos humanos universales, la Constitución del 2019, la civilidad establecida y la lógica más elemental, les garantizan libertad de pensamiento y expresión.

¿Es tan frágil el sistema cubano que no puede convivir con alguien que disiente —realidad absolutamente normal en cualquier lugar— y tiene que montarlo en un avión para enviarlo a miles de kilómetros de distancia? ¿Quién es el responsable de que estas actitudes medievales sucedan en un país cuya Constitución lo define como un Estado Socialista de Derecho? ¿No hay remedio para esta impunidad más propia de un feudo que de una república?

¿Ningún asesor del Gobierno se percata de que decisiones como estas no son solo ilegales y moralmente inaceptables, sino también contraproducentes en lo político? Sembrar odio en medio de un escenario interno y externo crispado como el que vive Cuba, abrir heridas a diestra y siniestra, radicalizar personas y sectores; es lo menos recomendable si se pretende resolver nuestros gravísimos problemas sin apelar a mayor violencia.

Desterrado (3)

Hamlet Lavastida

¿Será —y no soy dado a las teorías conspirativas— que acaso lo que pretenden algunos es un estallido social más grande y feroz que el acontecido?

El análisis de lo sucedido este último año en la Isla permite percibir con facilidad cómo la situación ha escalado desde las acciones, aisladas y con poco arraigo popular, del MSI por estas mismas fechas del 2020, y la protesta frente al Ministerio de Cultura el 27 de noviembre, hasta llegar —sin calmas en el trayecto— a choques masivos como los del 11 de julio.

¿Qué sucederá el 20 de noviembre próximo si se realiza la protesta pacífica anunciada y para la cual miembros de la plataforma Archipiélago solicitaron permiso a las autoridades de varias provincias, acogiéndose al derecho constitucional a la manifestación?

¿Serían capaces los que desterraron a estos tres cubanos de repetir lo que sucedió en la plaza mexicana de Tlatelolco, en 1968, o en la de Tiananmén, China, en 1989? Espero sinceramente que no. Cientos de jóvenes de la Generación del Centenario no murieron en los años cincuenta para que eso terminara ocurriendo aquí, aunque un par de textos publicados recientemente en medios oficiales dan muestras de que podría suceder.

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Sucesos de la Plaza de las Tres Culturas de Tlatelolco. (Foto: Semana)

No es necesaria comunión absoluta de pensamiento y opiniones para solidarizarse ante una injustica y repudiar actuaciones, más que ilegales, crueles. A Hamlet Lavastida y Katherine Bisquet el destierro debe saberles igual de amargo que a quienes, también en Polonia, atravesaban la reja orlada por la cínica frase Arbeit macht frei (El trabajo os hace libres). Se conoce cómo inician los excesos, pero es difícil predecir cómo pueden terminar.

Dice el refrán popular que quien siembra vientos, recoge tempestades. Sobre nuestro país la tormenta está formada hace mucho, se ve tan clara en el horizonte que no hace falta vigía para anunciarla. Pese a que hay daños terribles y quizás irreparables, aún estamos a tiempo de corregir el rumbo y llegar a entendimientos sin violencia, como la nación civilizada que afirma tener a Martí por guía.

Igual que en los tiempos en que España desterraba a los hijos de esta Isla, donde dejó hasta el último hombre y la última peseta, hoy un enfrentamiento fratricida puede terminar de modo similar: la derrota de uno de los bandos y el desgaste de ambos, lo que facilitaría que la fruta madura cayera en las mismas manos voraces de siempre. Entonces la historia se repetiría y nada habría valido la pena.

27 septiembre 2021 35 comentarios 4,3K vistas
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Voto (1)

El poder del voto popular

por Mario Valdés Navia 4 agosto 2021
escrito por Mario Valdés Navia

Cinco años hace que el sociólogo Juan Valdés postulara: «El socialismo no puede posponer indefinidamente la democracia que ha prometido». Si bien en Cuba sus palabras son un reclamo vigente, la cuestión se remonta a los albores del ideal socialista, cuando el pueblo se lanzó a destruir el viejo régimen feudal en pos del reino de libertad y justicia para todos. Hagamos un poco de historia de la tradición democrática socialista y analicemos el papel que puede (re)asumir el voto popular en la superación pacífica de la crisis cubana actual.

-I-

Si a los creadores de las primeras corrientes socialistas (cristianos, utopistas, anarquistas, lassalleanos, marxistas) les hubieran dicho que sus ideas terminarían fructificando en regímenes opresores y burocráticos, reirían a carcajadas. Los fines a los que se consagraban eran hacer realidad los ideales democráticos de Libertad, Igualdad y Fraternidad, tergiversados por los regímenes dictatoriales y oligárquicos establecidos tras los procesos de restauración conservadora que sucedieron a las revoluciones europeas y americanas.

En Marx, el famoso término «dictadura del proletariado» hacía referencia al carácter clasista del Estado, que los individuos percibirían como dictadura o democracia según el lugar que ocupara su clase social en la respectiva formación económico-social. Tal enunciado no implicaba preferencia alguna por formas de gobierno tiránicas y antidemocráticas, como usualmente se plantea.

Por el contrario, el Estado socialista sería un organismo social en extinción, en el que las estructuras de democracia participativa adquirirían cada vez más peso y donde las funciones gubernamentales irían pasando a los colectivos laborales, instituciones y organizaciones de la sociedad civil. De hecho, el término más empleado por Marx, Engels y los movimientos socialistas y anarquistas para referirse a los futuros sujetos de la producción en el socialismo era el de «productores libres».

La Revolución de Octubre en Rusia (1917) se hizo bajo el lema de «¡Todo el poder a los soviets!», consejos populares de soldados, obreros y campesinos pobres que se formaron durante la crisis de gobernabilidad del Imperio Ruso tras los desastres militares y económicos sufridos en la Primera Guerra Mundial.

El partido de los socialdemócratas rusos defendía estos principios libertarios y una mayor transparencia y participación en la toma de decisiones gubernamentales. Así fue hasta que los bolcheviques tomaron el poder a nombre del pueblo y se aplicaron a defenderlo, no solo contra la reacción interna y externa (1918-1921), sino también de las restantes fuerzas de izquierda.

En ese contexto de guerra a muerte se inició el proceso gradual, y no exento de resistencia popular, de sustitución del poder de los soviets de obreros, campesinos y soldados por los burócratas del PCUS y el Estado soviético.

Paso a paso, lograron neutralizar y/o aplastar los mecanismos del poder popular y sustituirlos por sus propios instrumentos amañados para eternizarse en el poder. Con cada limitación sobre el control obrero y la crítica revolucionaria, la revolución obrero/campesina fue cediendo paso a la contrarrevolución burocrática.  

En este sentido, es imprescindible conmemorar reflexivamente un centenario olvidado: el de lo ocurrido en torno al disenso/consenso dentro de las filas del propio Partido Comunista Ruso (bolchevique) en marzo de 1921. No solo por su valor para la historia del movimiento socialista, sino por la significación que reviste para lo que acontece hoy en Cuba y entre la deteriorada izquierda internacional.

Hasta entonces, en los partidos comunistas se admitía la existencia de grupos (facciones) para defender una posición determinada. Mas, durante el X Congreso bolchevique, la máxima dirección cerró filas contra la llamada «Oposición Obrera», dirigida por A. Shliápnikov. Esta corriente postulaba que los sindicatos debían controlar la gestión económica del país a través de un «congreso de productores», mientras el partido sería el guía político e ideológico de la nueva sociedad. Su mensaje cargó contra la burocracia naciente y prometió una gestión económica más eficiente a partir de la iniciativa de los trabajadores.

Voto (2)

Alexander Shlyapnikov (1885-1937)

El grupo rechazaba rotundamente las propuestas de Lenin y Trotsky de gestión cuasi militar de los sindicatos, unidos a la administración y dependientes del partido. Además, exigían que las responsabilidades en economía contaran con su beneplácito y que las fábricas quedaran en manos de comités elegidos por el voto directo de los trabajadores.

Ante el peligro de debilitamiento interno frente a la agresión extranjera por estas desavenencias, el X Congreso aprobó una resolución que prohibió la actividad de grupos disidentes en su seno y otra que condenaba las acciones de la «Oposición Obrera» a la que consideraban una «desviación sindicalista y anarquista». Los sindicatos se convertirían en escuelas de comunismo, encargados no de representar los intereses obreros ante el Estado socialista, sino de ser correas de trasmisión que harían llegar las orientaciones de los jefes a los trabajadores. Desde entonces, la prohibición de las disidencias se estableció como principio de organización de los partidos comunistas.

Acorde con ello, se limitó más la participación/disenso con el predominio del voto público, convertido en instrumento de la burocracia para imponer sus decisiones. De ahí que Trotsky, quien inicialmente impulsara esta idea, considerara después el retorno al voto secreto como uno de los pilares de la lucha antiburocrática.

El mismo Lenin advertía en sus textos finales sobre la necesidad de garantizar la participación activa del pueblo ruso en los soviets hasta convertirlos en «órganos de gobierno para los trabajadores», en lugar de «órganos de gobierno de los trabajadores».[1] Al unísono, mostraba creciente preocupación por la «úlcera burocrática» que empezaba a minar al joven Estado, por lo que advertía que no se podría «renunciar de ningún modo a la lucha huelguística» siempre que estuviera dirigida contra las desviaciones burocráticas del Estado proletario, que se manifestaban no solo en los soviets, sino también en «el aparato partidario», ya que «la dirección del partido lo es también del aparato soviético».[2]

Un siglo después, el modelo estatizado y burocrático de socialismo cubano padece aún de esa atrofia democrática, solidificada por años de prácticas verticalistas y acentuada por el militarismo, que se nutre del enfrentamiento permanente de la Isla a la agresividad de los gobiernos estadounidenses.

-II-

Los sucesos del 11-J en Cuba han cuestionado públicamente, como nunca antes, las condiciones de hegemonismo burocrático, y demuestran la necesidad de transformaciones de las formas de gobernanza tradicionales. Es un imperativo empoderar a los sectores populares y desbancar de sus posiciones de privilegio a los burócratas soberbios que hoy se alzan sobre los hombres y mujeres de a pie.  

Para encauzar la energía de los protestantes de manera cívica, es hora de rescatar la idea original de los Consejos Populares como órganos de base del poder de los trabajadores a todos los niveles, y garantes del sometimiento de la burocracia a los verdaderos fines populares.

El modelo del actual Poder Popular —establecido en 1976, en pleno apogeo del sistema socialista mundial— permanece casi idéntico al original cuarenta y cinco años después, a pesar de que el mundo y Cuba han cambiado mucho y que el campo socialista desapareció hace tres decenios.

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Fidel Castro ejerce su derecho al voto en las elecciones de delegados del Poder Popular, en el municipio Plaza, 11 de octubre de 1981. (Foto: Prensa Latina / Sitio Fidel Soldado de las Ideas)

No obstante, hay que tener en cuenta que su persistencia fue aprobada por la mayoría de los electores en el referéndum que aprobó la Constitución de 2019. De ahí que los que aspiramos a reformar pacíficamente la sociedad cubana debamos analizar cómo aplicar el potencial democrático que late aún en su diseño a partir de sus peculiaridades.

La más importante de ellas es que, a diferencia del esquema soviético original, el PCC no propondría los candidatos directamente, sino que estos saldrían de las asambleas de vecinos y las propuestas de las organizaciones de masas. En casi medio siglo, la inmensa mayoría de los delegados y diputados han sido militantes del PCC y ni uno solo ha cuestionado o criticado al Gobierno por sus decisiones en los diferentes niveles.

Dicha situación pone de manifiesto, más que la simpatía y/o apatía de los electores por los candidatos, la confianza mayoritaria que se tuvo en el liderazgo carismático de Fidel, y el sólido blindaje que brindan siempre al Estado/Gobierno/Partido las Comisiones de Candidatura, encargadas de filtrar políticamente —a niveles de municipio, provincia y nación— a todos los candidatos.

Con el tiempo, las cada vez más vacías Asambleas de Circunscripciones del Poder Popular, muestran el desgaste y pérdida de credibilidad del sistema en sus bases, expresión de la enajenación de los electores ante los ineficaces mecanismos de gestión de sus representantes, incapaces de hacer frente al poder hegemónico de los burócratas de nivel medio y superior. Sin embargo, con el fin de empoderar a los habitantes de los barrios y sus representantes, el hecho de descansar en el poder del voto popular brinda amplias posibilidades de revalorización democrática de estas asambleas ciudadanas en la actual coyuntura nacional. 

¿Qué sucedería si candidatos a delegados y diputados de otros perfiles ideo-políticos fueran propuestos y avalados por la mayoría a nivel de circunscripciones? ¿Aceptarían los electores que las Comisiones de Candidatura negaran a estos candidatos independientes la posibilidad de disputar el voto popular a los representantes tradicionales del Partido/Estado/Gobierno mediante criterios amañados y falaces? ¿Tras tantos años de alienación política, acudirían los electores a votar por los candidatos de su preferencia en contra de las orientaciones de los organismos superiores?

Esta situación hipotética de enfrentamiento en las urnas podría presentarse también en las asambleas sindicales, elección de los ejecutivos de las empresas e instituciones, asambleas de las organizaciones sociales y de masas y en cuanta reunión sea preciso decidir y elegir mediante el mecanismo del voto. Para que funcione esta propuesta sería preciso garantizar el voto secreto y directo y que las comisiones de escrutinio se formaran con representantes de los diferentes candidatos en disputa.

Si en la hora actual de Cuba queremos superar el influjo de los extremistas y violentos de cualquier signo político-ideológico —quienes solo se someten al predominio de la fuerza bruta—, en los marcos del Estado Socialista de Derecho, solo hay un camino: revalorar y empoderar en todos los niveles de la gobernabilidad el sagrado y casi olvidado poder del voto popular, piedra de toque de cualquier ejercicio genuinamente democrático  y expresión fundamental de la voluntad  de la ciudadanía en contextos de paz, libertad y soberanía popular.

***

[1] «Informe sobre el programa del partido», p. 51, citado por M. Harnecker en: «Cómo vio Lenin el socialismo en la Unión Soviética», en América Libre, Buenos Aires, diciembre de 2000.

[2] Respectivamente en: «Informe al X Congreso del PCR (b)», 16-3-1921, O.C., t. 35, pp. 35-74; «Sobre el papel y las funciones de los sindicatos», 30-12-1921 al 4-1-1921, O.C., t. 36, pp. 109-110; «Informe en la Asamblea General de los comunistas de Zamoskvorechie», 29-11-1920, O.C., t. 34, p. 143; «Conferencia del PC(b)R. de la Provincia de Moscú», 20 al 22-11-1920, O.C., t. 34, p. 126, en M. Harnecker: ob. cit., pp. 3-4.

4 agosto 2021 64 comentarios 3,2K vistas
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