Por estos días, la noticia más trascendente en el escenario político cubano es la presentación del nuevo proyecto de Constitución. El texto ha provocado diversas reacciones, aunque en general son reconocidos los avances que trae en materia de ampliación y garantías de los derechos, reconocimiento de la propiedad privada, modernización de la estructura del Estado, matrimonio igualitario, autonomía municipal, entre otros aspectos. Pero para muchos de nosotros lo más importante es que dicho proyecto será sometido a una consulta popular, lo cual va a abrir un espacio para la participación ciudadana en un momento decisivo. La nueva Constitución será objeto de discusión en barrios, centros de trabajo, escuelas y organizaciones. También desde aquí, desde el ciberespacio, habrá que alzar la voz para acompañar ese gran debate.
Mucho es lo que hay que decir y aportar sobre el nuevo texto constitucional, tanto que el autor de estas líneas lamenta que no quepa en un post. No queda más remedio que limitarse a comentar un aspecto de la cuestión, que no por parcial y periférico deja de ser importante. Desde hace algún tiempo, se ha hecho común encontrar en el escenario cubano críticas en materia constitucional que se hacen desde el punto de vista de la división de poderes. Los individuos que llevan a cabo estas críticas suelen ser destacados profesionales de las ciencias sociales, los cuales sin embargo piensan dentro de la constelación conceptual de lo que es una república liberal burguesa, sin ser capaces de ir más allá. Recientemente, algo de ese espíritu se ha puesto de manifiesto en el debate sobre la necesidad de un Tribunal Constitucional.
Algunos han argumentado que la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) no puede ser “juez y parte”.
Se trata de una crítica hecha, sin dudas, en el espíritu de la división de poderes y de su visión del Estado como una maquinaria hecha de pesos y contrapesos. Frente a ese punto de vista, el autor de estas líneas respetuosamente disiente. En Cuba existen grandes problemas en la formulación técnica y en la aplicación de los principios que rigen su sistema político. Pero esos principios, que se mantienen fundamentalmente sin variación en el proyecto de nueva Constitución, son los adecuados para una república socialista.
Una república, tradicionalmente, es la forma de gobierno en la que no existe un monarca. Sin embargo, tal y como revela la etimología de la palabra- la cosa pública-, se supone también que en una república el cuerpo político esté al servicio del interés público general. Se trata sin duda de un ideal muy hermoso; no obstante, no se puede dejar a un lado cuál ha sido la historia concreta de esta forma de gobierno en las sociedades divididas en clases. Las repúblicas, en el pasado, han sido sostenidas por aquellas clases que tenían su principal forma de obtener poder en la esfera privada estrictamente económica, como los esclavistas en la antigüedad, los gremios de artesanos en el medioevo y la burguesía en la modernidad. Estas clases, con su ventaja social garantizada en la esfera privada, y necesitadas de reglas claras que asegurasen la convivencia y la estabilidad de los negocios, fueron las pioneras en estructurar el espacio público como un área de resolución de conflictos y en someter el poder político al sostenimiento de las leyes.
En el capitalismo, la forma principal de obtener poder es mediante la acumulación de capital, algo que ocurre totalmente en la esfera privada. La vida es un casino y por eso en los buenos tiempos lo más recomendable es que haya reglas claras. La alianza de clase de la burguesía, que sabe lo que le conviene, es lo que sostiene los actuales “Estados de Derecho”, en los que la ley está por encima de todos los actores, y existe todo el sistema de los pesos y contrapesos. De más está decir que estas repúblicas son el engaño supremo, aunque ciertamente son un avance con respecto al absolutismo y la dominación franca y abierta del medioevo.
Ahora bien, una república muy difente tiene que surgir cuando son las clases populares, tradicionalmente explotadas en la estructura económica, las que fundan el Estado. Y es que estas clases no pueden estructurar el espacio público como un “área secundaria”, como un sitio donde no ocurre lo fundamental, sino que por el contrario deben hacer de lo público lo central, ya que el poder político es la única forma de poder con que cuentan, al menos al principio. En la contemporaneidad, por supuesto, el signo bajo el que surgen estas sociedades contrahegemónicas no puede ser otro que el del socialismo.
La dialéctica de una sociedad gobernada por “los de abajo” es muy diferente a la dialéctica de una república de poderosos. Las leyes no pueden ser el valor supremo en la nueva república, pues se sobreentiende que en el proceso de construcción de una sociedad totalmente nueva las leyes deben ser flexibles y temporales. El valor supremo lo constituye el Proyecto, alrededor del cual se ha desarrollado el sujeto colectivo revolucionario. A partir de ese Proyecto se debe crear un Poder, que debe estructurarse lo mejor posible como un gobierno directo de la sociedad civil revolucionaria.
En la república socialista, no se necesita que el estado esté lleno de pesos y contrapesos, porque la idea es que se exprese directamente la voz del soberano, que es el pueblo. El peligro de la arbitrariedad y la dictadura no se combate con reglas claras, sino modificando la naturaleza del estado, transformándolo “de órgano que está por encima de la sociedad en un órgano completamente subordinado a ella”.
No se reparte el pastel, se elimina el pastel
Para entender el proyecto de nueva Constitución cubana y el papel que juega en ella la ANPP, es necesario recordar algo que hoy en día casi nadie quiere recordar: las raíces que tiene nuestro magno texto en el costitucionalismo soviético. Nuestra ANPP es el equivalente a lo que en la Unión Soviética era el Soviet Supremo, y eso es algo que debería ser objeto de reflexión más a menudo.
Las constituciones soviéticas, desde las primeras, no plantearon ninguna división de poderes, porque se concebía un único poder, el del proletariado. A la hora de definir la estructura del estado, aquellas constituciones se guiaron por la aspiración marxista de que en el socialismo se elimine la separación burguesa entre la sociedad y el estado. Lo que se buscó fue fijar en normas la absorción de todos los poderes por parte de la nueva clase dirigente, el proletariado, así como el ejercicio del mismo a partir de los nuevos órganos de participación popular, que en el contexto de aquel proceso revolucionario eran los soviets. Como es sabido, el derrotero histórico de la Unión Soviética llevó a una seria distorción de aquellos principios que estaban plasmados en la Constitución: sin embargo, eso no niega la justeza en sí de los principios surgidos al calor de la Revolución de Octubre.
El proyecto de nueva Constitución cubana ha respondido en su confección, lo cual es muy saludable, más a cuestiones prácticas y contextuales que a presupuestos teóricos. Pero la única razón válida para que se mantenga la existencia de una Asamblea que en última instancia concentra todos los poderes y que tiene facultades constituyentes, es porque se quiera establecer un poder popular donde la voz del soberano esté todo el tiempo presente.
Nuestra república queda definida en el nuevo proyecto como un Estado Socialista de Derecho, lo cual es muy positivo, en el sentido de que refuerza el papel de las leyes y la noción de la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. En el pasado, una de las distorsiones ocurridas en el socialismo estuvo en dejar desprotegidos los derechos de los individuos, por un abuso de la prioridad del proyecto colectivo. La república roja, socialista, debe crear las condiciones para que haya un equilibrio entre los derechos de la comunidad, defendidos por el sujeto colectivo revolucionario, y los derechos de los individuos, incluso de aquellos que no se sienten parte del proceso.
No se debe sacrificar, por la justicia del futuro, la justicia del presente.
Hablando con propiedad, incluso puede que sea muy útil un Tribunal Constitucional, o una sala constitucional en el Tribunal Supremo. Lo que no se puede pretender es que deba crearse una ley o un tribunal que estén por encima del poder popular, o que sean independientes de él. La ANPP lo que debe ser es democrática, terriblemente democrática, debe ser casi parte de la sociedad civil. La Constitución, las leyes y los tribunales son solo herramientas a través de las cuales un Poder Revolucionario lleva adelante su Proyecto. Un Proyecto que, en el caso cubano, debe tener como portador y garante al Partido Comunista de Cuba.
Si se cumple con la estructuración popular del poder, no es necesario preocuparse porque este sea juez y parte. Un pueblo libre siempre deberá ser juez de sí mismo.
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