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Rodolfo Alpízar Castillo

Rodolfo Alpízar Castillo

Escritor, lingüista y traductor cubano

Pena de muerte

Por una patria sin pena de muerte

por Rodolfo Alpízar Castillo 9 mayo 2022
escrito por Rodolfo Alpízar Castillo

Si el de las familias es mediático, su hermano, el proyecto de Código Penal, se mueve en silencio, cual una estrella de cine esconde su intimidad del acoso de los paparazzi.

***

¿Dónde expresar mis ideas sobre la pena de muerte?

Me encuentro en un dilema al redactar estas líneas. Deseo publicarlas y que lleguen al mayor número posible de lectores; es mi derecho constitucional. Pero, ¿dónde hacerlo?

Me gustaría publicar en Granma o Cubadebate, entre otras razones porque ello significaría que sus páginas se abren al diálogo y la confrontación de ideas que el país necesita con urgencia. Pero durante años envié textos a nuestros medios y periodistas…, y nunca los publicaron.

Llevo tiempo llamando la atención en las redes hacia la presencia de la pena de muerte por fusilamiento en un considerable número de figuras delictivas contenidas en el proyecto de código penal que se aprobará en la próxima sesión de la Asamblea Nacional («15 en la familia de los “delitos contra la Seguridad del Estado”, 6 en los de “terrorismo”, además del “tráfico internacional de drogas” y “asesinato”», informan los redactores).

Según el espíritu y la letra de la Constitución vigente, yo, como ciudadano, debería tener acceso a esos órganos oficiales y exponer en ellos mis criterios. Pero la experiencia enseña que, por ser voz discrepante, estoy condenado a no aparecer ahí.

¿Debo permanecer callado, entonces? No. Me opongo al principio de ojo por ojo y diente por diente disfrazado de ordenamiento jurídico, y no voy a callar. La inclusión de la pena de muerte en el código penal implica retroceder a épocas de barbarie y de preponderancia del más fuerte, el Estado, sobre el más débil, el individuo. Es ir a contrapelo del progreso jurídico mundial. Mi deber de ciudadano, además de mi derecho, es pronunciarme en contra.

Pena de muerte

Asistencia religiosa en un fusilamiento acontecido en los primeros días de la Revolución.

Ante todo, la pena de muerte no es constitucional

Me pregunto qué argumentos tomaron en cuenta los redactores del proyecto de código al incluir en él la pena de muerte, que no sea la intención de inculcar temor. Me pregunto también cómo es posible que se intente situar al país a la vanguardia del ordenamiento legal internacional, proclamando al mundo un código de las familias que más parece concebido para Europa que para Cuba, a la vez que, con el código penal, se nos coloca más atrás de la retaguardia.

Los redactores del proyecto han pasado por alto que la pena de muerte ni siquiera está mencionada en el texto de la Constitución vigente (la misma que los diputados que lo aprobarán dentro de unos días juraron defender y aplicar). Por no responder a ningún artículo constitucional, no tiene nada que hacer en la agenda legislativa de la Asamblea Nacional.

El asunto es más grave. La pena de muerte que se pretende imponernos no solo carece de apoyo constitucional, también viola el primero de los derechos humanos reconocidos internacionalmente, el de la vida, expresamente protegido en el artículo 46 de la Constitución:

«Todas las personas tienen derecho a la vida, la integridad física y moral, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz, la salud, la educación, la cultura, la recreación, el deporte y a su desarrollo integral».

La inclusión de la pena de muerte en el código penal sería, por tanto, inconstitucional por definición, pues es violatoria del artículo 46. Como garantes que deben ser de la ley primera de la nación, es obligación de los diputados rechazarla.

Más aún: Por contener la pena de muerte, el proyecto en su totalidad ni siquiera amerita ser sometido a discusión; la Comisión Permanente de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, en cumplimiento de sus funciones, no debió haberle dado curso.

Aprobar el código constituiría un absurdo jurídico que colocaría a los diputados en situación de desacato a la Constitución, por lo cual el presidente del país tendría que disolver la Asamblea Nacional y llamar a elecciones parlamentarias.

Para los cubanos esta afirmación puede parecer una exageración, por no estar acostumbrados al funcionamiento de las instituciones democráticas, pero es lo que corresponde hacer en un Estado de derecho en tales casos.

La pena de muerte en la historia de Cuba

Cuando Cuba nació como república independiente, el 20 de mayo de 1902, en su Constitución se prohibía expresamente aplicar la pena de muerte por delitos políticos. La de 1940, la más progresista en América por entonces, y en cuya defensa muchos cubanos se levantaron en armas entre 1953 y 1959, también prohibía la pena de muerte, excepto para los miembros de las fuerzas armadas, por delitos de carácter militar, y para las personas culpables de traición o de espionaje en favor del enemigo en tiempo de guerra con nación extranjera. Solo en tales casos. No en los veintiuno presentes en el proyecto de código penal.

Fulgencio Batista, al interrumpir el camino democrático de la república, impuso el 4 de abril de 1952 los Estatutos Constitucionales, para sustituir la Constitución de 1940; dichos Estatutos estipulaban la pena de muerte, para abarcar delitos relacionados con gansterismo y pistolerismo, términos amplios y de interpretación discrecional.

Tras la fuga de Batista en 1959, se abolieron sus Estatutos, pero no se restableció la Constitución de 1940, como correspondía. En su lugar se proclamó la Ley Fundamental, de 1959, donde se repetía la prohibición de la pena de muerte de 1940, pero se agregaba una extensa lista de excepciones, con lo cual en la práctica se  ampliaba su aplicación.

La Constitución de 1976 no mencionaba la pena de muerte. A pesar de ello, esta aparece en el código penal de 1987, todavía vigente, lo cual es, en esencia, una extralimitación del marco legal establecido por dicha Constitución.

Pena de muerte a referendo

Si el Estado cubano entiende que es vital para su supervivencia la aplicación de la pena de muerte, e insiste en ella a pesar de no ser constitucional, y a sabiendas de que el mundo lo juzgará negativamente por ese salto atrás en el ordenamiento jurídico, antes debe convencer a los ciudadanos de sus razones y recibir su apoyo; esto es: Debe presentar una iniciativa de reforma y lograr su aprobación popular.

El artículo 227 de la Constitución de 2019 establece el procedimiento de reforma constitucional. Implica la presentación del proyecto correspondiente, el análisis por la Asamblea Nacional y, de ser aprobado, la convocatoria a referendo popular, donde los ciudadanos tienen la última palabra.

La reforma constitucional, pues, no es un acto único, efectuado mediante una votación más en la Asamblea Nacional, sino implica un proceso complejo y demorado. No se lleva a cabo en una sesión de pocas horas, en medio de una maratónica aprobación de leyes, decretos y variados documentos, como se pretende hacer en la próxima sesión.

Pena de muerte

(Foto: Irene Pérez/ Cubadebate)

El artículo 228 de la Constitución establece:

«Cuando la reforma se refiera a la integración y funciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular o del Consejo de Estado, a las atribuciones o al período de mandato del Presidente de la República, a los derechos, deberes y garantías consagrados en la Constitución, se requiere, además, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los electores en referendo convocado a tales efectos».

(Obsérvese que el referendo no se gana con la mayoría de quienes acudan a votar, ni de los votos válidos, sino de la totalidad de electores registrados).

Antes, el artículo 226 establece que las reformas a la Constitución se realizan «mediante acuerdo adoptado, en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos terceras partes del número total de sus integrantes». Solo después de esa primera aprobación por los diputados la propuesta se somete a referendo.

Violar ese procedimiento es ilegal; no obstante, se ha anunciado que en unos días la Asamblea Nacional aprobará el proyecto de código penal. Para actuar en concordancia con lo establecido en la Constitución, si el Estado cubano desea honrar su definición como Estado de derecho, debe excluir del proyecto toda mención a la pena de muerte, hasta tanto se produzca el referendo que la apruebe.

Deslizar subrepticiamente la pena de muerte en el cuerpo del futuro código penal, mientras la atención de la ciudadanía está concentrada en la discusión del proyecto de código de las familias, como se ha hecho, no solo es ilegal: También es éticamente reprobable.

Otras consideraciones contra la pena de muerte

La inclusión de la pena de muerte en el código penal de Cuba, además de inconstitucional, trae a colación otros elementos éticos que nuestros diputados, magistrados y juristas en general, deberían considerar, y los ciudadanos no deberían  pasar por alto.

La pena de muerte es la única que no tiene posibilidad de enmienda si se descubre que hubo error en su aplicación. La literatura especializada registra no pocos casos de personas condenadas a muerte por equivocación, algunos conocidos por el público, otros no. A muchos condenados la rectificación les llegó cuando no había remedio, con la sentencia cumplida. Fueron asesinados por su  Estado.

Tengo experiencia como juez (lego), y sé que incluso en casos leves no siempre uno queda tranquilo con su conciencia, pues nada garantiza que se adoptó la decisión más justa. En el caso de la pena de muerte, ¿cómo estar seguro de que no se condena a un inocente, o de que uno no se dejó llevar por presiones o prejuicios?

En otros países (más promocionados), y también en el nuestro (pasados en silencio o envueltos en nubes de humo), en ocasiones la pena de muerte ha respondido a razones extrajudiciales. Personas que han derramado sangre han sido condenadas, pero la ejecución dejada en suspenso; en cambio, otras, sin herir a nadie y entregadas pacíficamente a las autoridades, han sido igualmente condenadas, y la sentencia cumplida de inmediato. La ejecución fue discrecional en ambos casos. Y muchos recordamos cierta ocasión en que los asesinos no fueron siquiera molestados.

No podemos rectificar el pasado, al menos evitemos que algo así vuelva a ocurrir en nuestra tierra. Tengamos una patria sin pena de muerte.

Pena de muerte

La pena de muerte en España era a través del garrote vil. (Foto: ABC)

Para finalizar, una exhortación

En la actualidad, solo unos cincuenta y cinco Estados o territorios del mundo continúan aplicando la pena de muerte. Los diputados cubanos, si la aprueban, como todo parece indicar, además de actuar contra la Constitución que juraron defender, también menoscabarían el prestigio internacional del país, por alinearlo junto a quienes optan por la muerte como forma de enfrentar dificultades.

Estas líneas no responden a ninguna «manipulación mediática del enemigo» que haya que «desmontar» y acusar al autor de mercenarismo, como se ha vuelto costumbre en nuestros medios de prensa cuando surgen voces discordantes de discursos oficiales. Son las preocupaciones de un ciudadano que firma con su nombre, no se esconde en perfiles falsos, ni hace campaña para que otros lo secunden en sus planteamientos, por más que son muchos los que piensan como él.

Deseo ver a mi país como la patria con todos y para el bien de todos a que aspiraba Martí; una Cuba donde nadie se sienta perseguido por su forma de pensar, y donde el disenso tenga vías por donde encaminarse y ser atendido, donde la fuga al exterior o la protesta airada y anárquica no sean la única perspectiva que tenga ante sí un joven con inquietudes.

Por tanto, exhorto a los diputados a no olvidar que su compromiso es con el pueblo y con la Constitución que juraron defender, con nadie más. Algunos de ellos han hecho públicas, en los últimos tiempos, sus creencias religiosas; es un motivo más para oponerse a una pena que va en contra de su fe.

Diputados, religiosos y no religiosos: No permitan que caiga sobre sus conciencias la sangre que se derramará por aprobación de un código que niega el derecho a la vida.

Construyamos entre todos, creyentes y no creyentes, opositores o aliados del gobierno, una patria sin pena de muerte. Acaso su eliminación del código marque un primer paso en el camino hacia el rescate de los valores humanos que poco a poco se nos han escapado.

9 mayo 2022 31 comentarios 1.481 vistas
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Escarmientos

Entre leyes y escarmientos

por Rodolfo Alpízar Castillo 24 marzo 2022
escrito por Rodolfo Alpízar Castillo

Nota previa: No firmé el Manifiesto publicado en La Joven Cuba por razones de forma que expliqué a sus redactores, pero considero que las penas aplicadas en los juicios por los hechos del 11 de julio de 2021 son exageradas y desproporcionadas, dirigidas a castigar y no a reeducar, a escarmentar y no a establecer la legalidad.

1. Nadie en su sano juicio desea ver delincuentes paseándose libremente por las calles. Todos queremos, necesitamos, sociedades con leyes que protejan la tranquilidad ciudadana, e instituciones que las hagan cumplir.

Pero en el mundo civilizado la aplicación de la ley se rige por principios éticos y normas, escritas o consuetudinarias, no por la doctrina del «ojo por ojo» ni por la búsqueda del escarmiento.

Al calificar el delito y dictar sentencia, el juzgador moderno evalúa la proporcionalidad entre acto, daño provocado y marco sancionador establecido; grado de realización de la acción, condición del reo (edad, motivaciones, condiciones sociopsicológicas, carácter de reincidente o no), etc., además del grado de participación, si hay varios comisores. Para ser justas, las penas han de ser individualizadas.

Aunque se siga el debido proceso y se condene según el marco sancionador, no hay verdadera justicia si no se toman en cuenta esos elementos.

Tampoco es posible hablar de justicia si se juzga a partir de consideraciones  generales sobre lo que pudo ocurrir, o sobre posibles motivaciones de los instigadores. Podrá ser legal, pero no justo.

Escarmientos

El Tribunal Provincial Popular de La Habana celebró, entre el 14 de diciembre de 2021 y 3 de febrero de 2022, los juicios orales y públicos correspondientes a las causas penales por los hechos de la Esquina de Toyo y La Güinera. (Foto: Cubadebate)

2. Las sanciones aplicadas a los implicados en los sucesos del 11 de julio de 2021 en Cuba, aunque se afirme lo contrario, no parecen encaminadas a punir hechos delictivos y restituir la legalidad, sino a enviar un mensaje a quien sienta la tentación de repetir hechos similares.

En abstracto, podría aceptarse como correcto aplicar medidas para evitar la aparición de imitadores en la comisión de determinados delitos. Pero solo en abstracto. En lo concreto es una arbitrariedad.

Si se comprobó la existencia de un plan desestabilizador detrás de protestas y actos vandálicos, es obligación de los acusadores probar de manera fehaciente la participación y el grado de implicación en dicho plan de cada inculpado. Sancionar sin esa individualización puede ser buen escarmiento, pero no es justo.

«Dar un escarmiento» es absolutamente contrario al concepto moderno de justicia, y no tiene nada que ver con un sistema democrático.

3. El 11 de julio de 2021 se produjeron manifestaciones de protesta en varias localidades cubanas. Aprovechando la situación, algunas personas violaron las leyes y realizaron actos vandálicos.

Por tanto, las penas solo serían aplicables a quienes, con pruebas materiales irrefutables, puedan ser acusados de actos vandálicos y atracos. El resto de los manifestantes no cometió delito alguno.

Afirmar, sin mostrar evidencias irrefutables, que quienes se manifestaron o delinquieron estaban complotados para derribar el sistema de gobierno establecido es, cuando menos, un absurdo. Es difícil imaginar una coordinación tan perfecta que ponga de acuerdo a miles de personas, a lo largo y ancho del país, sin que lo descubrieran los órganos encargados de velar por la seguridad del Estado. Si fue así, esos órganos no cumplieron su cometido.

Es cierto que el derecho de libre manifestación no se recoge en ninguna norma jurídica, pues nuestros legisladores han priorizado otras (como el Código Penal, que será aprobado dentro de poco por la Asamblea Nacional). Pero la Constitución, norma madre de todas las demás, lo establece como derecho de todos los ciudadanos.

En consecuencia, los manifestantes del 11 de julio de 2021, con gritos o sin ellos, coordinados o no, no cometieron delito: Los amparaba la Constitución vigente en la República de Cuba, la misma que define el Estado cubano como Estado de derecho. Ni siquiera un «acta de advertencia» debieron recibir, pues considerar delito lo protegido por la Constitución va contra la esencia de un Estado de Derecho.

Delitos cometieron quienes aprovecharon la ocasión para su beneficio personal o para saciar apetitos destructivos. Ellos, y solo ellos, clasifican para ir a los tribunales, ser sometidos a juicio y recibir sanciones según la calificación individualizada de sus actos.

Escarmientos

Las penas solo serían aplicables a quienes, con pruebas materiales irrefutables, puedan ser acusados de actos vandálicos y atracos. (Foto: AFP)

4. En Cuba no es costumbre que las personas protesten en forma abierta y masiva contra el actuar de los gobernantes. Que lo hicieran sorprendió a todos, gobierno y ciudadanía incluidos. Por su rareza, es cómodo afirmar que las protestas respondieron a acciones desestabilizadoras de una red de conspiradores a lo largo del país.

Es inimaginable una conspiración con el grado de coordinación que refiere la argumentación de las sentencias. Cualquier abogado medianamente calificado y con deseos de sacar adelante a su defendido pudo demostrar lo insostenible de tal afirmación.

Lo que realmente hubo (y, lamentablemente, hay), es un desgaste, cuando no un verdadero descrédito, de las instituciones que deberían actuar como mecanismos de participación popular en las decisiones gubernamentales. El Poder Popular, nacido a mediados de los setenta como novedoso y prometedor  modo de gobierno democrático, pronto perdió efectividad: Los delegados de circunscripción se convirtieron en meros recaderos, sin poder alguno.

Por su parte, la elección de diputados, aunque difería del método aplicado con los delegados, al menos permitía a los ciudadanos elegir entre dos o tres candidatos. Pero desde mediados de los noventa no se elige, se «aprueba». Gracias a la fórmula «valen todos», un diputado, supuestamente representante de un municipio con más de cien mil habitantes, puede serlo por el «voto» (sin contrincantes) de menos de 300 electores.

Y no tiene cuentas que rendir a sus «electores», pues no les promete nada.

Si, para colmo, algunos diputados responden a cuotas según los cargos que ocupan en el gobierno o en las organizaciones que lo integran (ministros, generales, cuadros centrales de la CTC, la FMC, la UJC y la FEU), es evidente que la distancia entre diputados y «electores» es inmensa.

En conclusión, el ciudadano real, no el de los discursos o los medios oficiales, no tiene a quien exigirle atención para sus problemas (calles rotas, albañales desbordados, casas en ruinas, maltrato en los comercios, basura acumulada en las aceras…). Hasta asombra que estallidos como el del 11 de julio no se hayan producido antes.

Quien crea que exagero pregúntese cómo es posible que, luego del 11 de julio y las subsiguientes «intervenciones en los barrios vulnerables», hayan aparecido recursos que hasta ese momento no existían para resolver los problemas. Contabilice además cuántas veces, en los reportajes sobre dichas «intervenciones», aparece el término «planteamientos históricos», que son reclamos de la población cuya solución se pospone una vez y otra, algunos durante décadas.

Escarmientos

5. Meter en el mismo saco a quienes se manifestaron en las calles y a quienes realizaron actos de violencia o actuaron como vándalos demerita el actuar de los juzgadores y desacredita el sistema que se pretende defender.

Castigar a quien lanzó piedras contra una vitrina, o a quien se introdujo en una propiedad y la saqueó, es una acción justa que cualquier ciudadano respalda. Pero imponerles penas más severas que las aplicadas a violadores y asesinos es un absurdo jurídico.

Mal están los tribunales de un país si sancionan para dar escarmiento y no para impartir justicia. Peor si castigan con más rigor a quien protesta, con violencia o sin ella, que a quien arrebata una vida.

La dictadura batistiana condenó a quince años o menos a los principales implicados en el asalto a dos cuarteles, y luego los indultó. Hoy los herederos políticos de aquellos asaltantes castigan con penas superiores a quienes cometieron delitos de menor gravedad.

6. El derecho constitucional a la manifestación pacífica continúa sin ley que lo materialice. Los resultados de los recientes juicios muestran la urgencia de su redacción y puesta en vigor.

Las sanciones previstas en el proyecto de Código Penal que aprobará la Asamblea Nacional son, en algunos casos, más severas que las aplicadas en las causas por el 11 de julio. En él se mantiene la pena capital, vigente en muy pocos países. Los medios de difusión no hablan de eso.

El Estado cubano considera conveniente someter a escrutinio popular el proyecto del llamado «código de los afectos», pero no aplica el mismo método al de las sanciones.

Si la opinión del pueblo vale para los afectos, debe valer también para los castigos. Si se plebiscita uno, con más razón se debe plebiscitar el otro. Las sanciones aplicadas por los sucesos del 11 de julio demuestran por qué. El país necesita un código penal, no un código de escarmientos.

24 marzo 2022 36 comentarios 2.508 vistas
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Codigos

Dos códigos, dos métodos, ninguna explicación

por Rodolfo Alpízar Castillo 10 marzo 2022
escrito por Rodolfo Alpízar Castillo

A manera de introducción

Dos proyectos de cuerpos legales serán presentados a la Asamblea Nacional próximamente, para someterse a análisis por los diputados y ser aprobados o rechazados.

(Para nuestros medios de difusión, los proyectos van a la Asamblea Nacional «para su análisis y aprobación», «para su discusión y aprobación» o «para su aprobación»; nunca para su desaprobación).

Del primero, el Código de las Familias, se habla mucho. A cada minuto se oye, ve o lee declaraciones, análisis de especialistas, opiniones de ciudadanos o dirigentes, anuncios.

También está la consulta popular. No es vinculante, pero como modo de divulgación resulta efectivo, pues familiariza a la población con un cuerpo legal abarcador de casi todos los espacios de la vida: constitución de la pareja, responsabilidad con la descendencia, cuidado de ancianos y personas con discapacidad, adopción, gestación solidaria, formas de herencia…

Además, existe la posibilidad de que opiniones reiteradas sean estudiadas por el equipo de redacción e incorporadas al texto definitivo.

No entro ahora a analizar el contenido, motivo de discusiones que muestran cuán lejos estamos de esa sociedad homogénea de que oímos hablar a menudo. Señalo, en cambio, dos objeciones al método seguido con este proyecto, para después referirme al aplicado en el otro.

Codigos (2)

La unanimidad es norma en la Asamblea Nacional (Foto: Roberto Suárez)

El proyecto de Código de las Familias

Curiosamente, la primera objeción circula entre potenciales beneficiarios: Los derechos no se plebiscitan.

En teoría, la afirmación es inatacable, pero la práctica no siempre sigue la teoría. E introduce una duda: Si un sector de la población carece de un derecho, y otro lo disfruta, ¿se debe imponer por decreto el derecho para todos, o se somete a discusión popular?

Dejo a los teóricos la respuesta; voy al hecho concreto. Nos guste o no, existe la disyuntiva:

a. Porque «los derechos no se plebiscitan», votamos contra el código y condenamos a un sector de la población a continuar sin ellos: Nos hacemos cómplices de la discriminación.

b. Somos pragmáticos y cedemos en lo poco para ganar en lo mucho: Reconocemos su derecho a quien lo tiene vulnerado.

Se puede argumentar a favor o en contra, pero entre votar para ver reconocido un derecho o votar contra él (o abstenerse) y apoyar su negación no caben indecisiones. En estos momentos, la consigna «todos los derechos para todas las personas» implica aprobar el código que los reconoce, aunque el método disguste.

(Hay quien se opone al código porque sí, porque considera su deber oponerse a cuanto proceda del gobierno; es un tipo de fundamentalismo, y el fundamentalista no razona ni se importa con el daño que su actitud provoque a inocentes. Por tanto, no vale la pena intentar demostrarle su equivocación).

La segunda objeción al método refleja un aspecto lamentable de la realidad nacional: Las pocas veces que los medios oficiales se refieren a criterios contra el proyecto lo hacen de manera sucinta, sin los argumentos. Recuerdo un reportaje donde al final, con voz ininteligible, alguien declaró: «Pues yo estoy en contra», nada más; subliminalmente quedaba la sugerencia de que los opuestos al código carecen de ideas.

Los medios oficiales no son la arena donde se enfrentan ideas en pro o en contra del proyecto (ni de nada). Las redes sociales, en cambio, son un verdadero campo de batalla, y muestran la fragmentación de la sociedad ante ese y otros temas.

Es curioso, pero opositores al gobierno que reclaman libertad de expresión aceptan su limitación en este caso, porque encuentran positivo el código. Pero la libertad de expresión es, ante todo, la libertad de pensar diferente y exteriorizarlo civilizadamente, nos guste o no.

Si las autoridades están convencidas de los valores del código, ¿por qué no permiten un debate televisivo civilizado, donde sectores con criterios opuestos los defiendan ante los televidentes? ¿Sería una «concesión al enemigo»? ¿Hay temor? ¿Somos los cubanos incapaces de enfrentar nuestras diferencias sin ataques personales ni ofensas?

Debates televisivos se producen en casi todo el mundo. Según la calidad intelectual y profesional del medio y de los participantes, tales debates contribuyen a que la ciudadanía se forme una opinión informada sobre un tema político, social, económico, científico…

Alguien podría argumentar que el intercambio de criterios en las asambleas populares es la verdadera democracia participativa. La experiencia de la discusión de la Constitución y lo conocido del actual proceso me muestran falta de correspondencia entre esa teoría y su aplicación en la práctica.

Para mí, la asamblea es buena como medio de divulgación del contenido del proyecto, solo eso. Es idealista imaginar un barrio reunido a las ocho de la noche para debatir con la profundidad requerida un texto voluminoso y con temas de gran complejidad.

¡Y perdiendo el capítulo de la telenovela de turno!

No obstante, admitamos en teoría que democracia verdadera es la aplicada con el proyecto de Código de las Familias. Entonces, ¿por qué no vale para el Código Penal?

Codigos (3)

Debate del proyecto del Código de las Familias. Solo uno de los dos códigos se ha llevado a consideración popular. (Foto: Prensa Latina)

El proyecto de Código Penal

Si el de las familias es mediático, su hermano, el proyecto de Código Penal, se mueve en silencio, cual una estrella de cine esconde su intimidad del acoso de los paparazzi.

Rara vez se oye hablar de él. Circula entre especialistas (según indican las escasas menciones). No se alude a una hipotética discusión popular.

Recientemente, un programa televisivo informó de la próxima presentación del proyecto a la Asamblea Nacional, y una funcionaria de alto rango habló de sus generalidades. Alrededor de un minuto antes de finalizar, el presentador preguntó, tímidamente, si no resulta contradictorio que un proyecto se lleve a discusión popular y el otro no.

Lamento no haber grabado la respuesta, digna de estudiarse en las universidades. Según la servidora pública, no hay contradicción, pues uno es un código de los afectos, y el otro lo respalda. El presentador sonrió, complacido por la respuesta esperada, y despidió el programa.

Veamos: La población discute un código donde se reconocen derechos y se modernizan conceptos legales, incluso puede votar en contra. Pero no discute el código de las puniciones, no puede votar a favor o en contra de él; la «verdadera democracia» no se aplica en su caso.

Si la funcionaria mencionada (jurista, por cierto) afirma que no hay contradicción, estamos ante un caso de ceguera selectiva.

Tan evidente (y grave) es la contradicción, que hizo nacer la idea de que discutir el proyecto del Código de las Familias es una cortina de humo para que el proyecto de Código Penal pase inadvertido, se apruebe por unanimidad en la Asamblea Nacional, y funcione como apoyatura legal contra la oposición.

No afirmo ni niego tal idea: Expongo lo que está circulando. Tampoco me corresponde demostrar que es «un infundio» o «una patraña enemiga». Ello es tarea de las autoridades y sus voceros. Pero no la cumplen, y la bola de nieve crece.

Hay una única manera de demostrar que no hubo ocultas intenciones: Aplicar al proyecto de Código Penal un proceso similar de divulgación de contenidos, de discusión popular y, finalmente, de plebiscito.

Si se plebiscita el Código de las Familias, no hay razón para no plebiscitar el Código Penal. Así de simple.

Ello sería un tanto a favor de la buena imagen y la credibilidad del gobierno.

Para no pecar de ignorantes (e impedir desvíos de atención), reconozcamos que no es costumbre internacional someter las leyes a discusión con el pueblo, entre otras razones por impracticable: La gente no puede estar todo el tiempo legislando, alguien debe producir riquezas.

En cambio, existen plebiscitos y referendos para aprobar o rechazar algunas normas, luego de amplia divulgación de criterios a favor o en contra de lo plebiscitado.

Nos tildan de dictadura, pero es en #Cuba donde se somete a consulta popular y a referendo un proyecto de ley de la magnitud y el alcance del Código de las Familias; un Código posible en democracia y que afianza nuestra voluntad de reconocer y proteger los derechos humanos. pic.twitter.com/yrzmNuypWp

— Miguel Díaz-Canel Bermúdez (@DiazCanelB) February 4, 2022

La función legislativa cabe a los parlamentos. En una democracia bien entendida, en ellos están representados los intereses de diversos sectores de la población, por lo cual alcanzar consensos en la discusión de una ley que afecta a toda la población implica un trabajo arduo, y rara vez existe unanimidad en los parlamentos. Más tarde o más temprano, los diputados deben rendir cuenta a los electores de su actuación en tales procesos.

Sabemos que en Cuba no sucede así. Es conocido el exceso de unanimidad de criterios en nuestro parlamento (quizás exagere y alguna vez no haya sido así, pero no lo recuerdo).

Por ello, salvo modificación del actual sistema de representación popular (esto es, que los diputados representen verdaderamente los intereses de sus electores, sean realmente elegidos, no «aprobados», y deban rendirles cuenta), procesos como el seguido para el proyecto de Código de las Familias funcionarían como sucedáneos a la ausencia de la voz de los electores en nuestro parlamento.

Lo que no tiene justificación alguna es aplicar el método para el código que habla de afectos y derechos, y no para el que trata de castigos, de privación de libertad, de pena capital. Mucho menos se justifica sabiendo, por ejemplo, que la palabra «muerte» aparece 78 veces en el Código Penal, de ellas 28 como sanción. Menos todavía si se observa que una parte de las sanciones con muerte está relacionada con delitos políticos.

Para quienes no concordamos con la pena capital (es la única no reversible), y solo la aceptaríamos con muchas garantías de protección contra errores e interpretaciones sesgadas, esa cifra es, cuando menos, preocupante.

Y no olvidemos que nuestra Constitución es omisa en cuanto a la pena capital.

El proyecto está disponible en el sitio del Ministerio de Justicia. Invito a quienes no compartan mis preocupaciones a consultarlo. No encuentro mejor argumento contra el método que ese texto.

10 marzo 2022 27 comentarios 2.150 vistas
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Ministro

Mensaje amistoso a un ministro, el que sea

por Rodolfo Alpízar Castillo 16 febrero 2022
escrito por Rodolfo Alpízar Castillo

Estimado ministro:

No insista. No lo repita más, por favor: Usted no es un «ciudadano de a pie», no es «una gente más del pueblo».

No debe serlo. A nadie hace falta que lo sea.

Y más todavía: A nadie le conviene que lo sea.

Usted es un funcionario de alto rango al servicio del país. Ni más, ni menos.

Usted es un servidor público encumbrado a quien los verdaderos «ciudadanos de a pie», la «gente del pueblo», los «uno más» sin nombre, le damos la oportunidad, con el producto de nuestro trabajo y el pago de nuestros impuestos, de emplearse en una labor bien remunerada, y la posibilidad de disfrutar de un conjunto de  comodidades que le hagan más placentera la vida, de modo que desempeñe sus funciones sin sufrir las mismas estrecheces y carencias que sufrimos nosotros.

Por ello usted no es un «ciudadano de a pie», aunque lo repita.

Usted no tiene que sacrificar su descanso en colas interminables para intentar adquirir algo de comer para su familia, si le alcanza el salario. No recibe una pensión de miseria luego de décadas construyendo una nación, ni sufre viendo que sus nietos o sus hijos pequeños no tienen acceso a la golosina de la que cualquier niño del mundo, incluso siendo pobre él y pobre su país, puede disfrutar.

Usted no se acuesta hoy pensando qué llevarán de merienda mañana a la escuela sus hijos o nietos, o si tendrán leche para el desayuno. Usted no guarda el único pan que «le toca» comer en el día para que lo coma su hijo al regreso de la escuela.

Usted no desperdicia horas de su vida intentado tomar el transporte que lo traslade, o al menos lo acerque, al lugar desde donde laborar en pro de su familia y de su patria.

En su enfermedad, o de los suyos, no le faltan medicamentos o atención esmerada.

Usted no acude a un hospital donde le avisan que el antibiótico que necesita no está en existencia, o las sábanas de la sala de hospitalización están manchadas, o los baños rotos, o los médicos sobrecargados de trabajo. (Sus familiares tampoco lo sufren, y eso no aparece en el contrato no escrito que mantenemos, pero vamos a pasarlo por alto…, que disfruten también, aunque usted no debería permitir que sea así).

Usted no ve con dolor cómo se le cae a pedazos su vivienda, si es que la tiene, y no le alcanza el salario para repararla, ni sufre porque sus hijos y nietos parten al exterior en busca de las oportunidades que su país no les ofrece. Los suyos, si parten, no lo hacen desesperados y sin saber qué les depara el futuro, como los nuestros.

Tampoco, una vez instalados en el exterior, los suyos se ven obligados a sacrificarse para que los familiares dejados atrás obtengan la medicina que necesitan y no encuentran, o el alimento que no pueden adquirir.  

Eso lo vivimos nosotros, los «ciudadanos de a pie», los verdaderos «uno más del pueblo».

Eso marca la diferencia.

Pero no le tomamos a mal la diferencia. No le exigimos que viva como nosotros, no reclamamos que sea un «ciudadano de a pie», ni «uno más del pueblo». Le exigimos cumplir con su deber de servirnos, de administrar con eficiencia los recursos que ponemos en sus manos, de justificar, con dedicación, esfuerzo e inteligencia, su salario, su carro, sus prebendas.

Limítese a servirnos bien. No quiera ser, no pretenda ser, un «ciudadano de a pie». No se escude en consignas, bloqueos externos o falsedades para ocultar su incompetencia, su negligencia o, peor, su corrupción.

Por favor, ministro, no afirme algo que usted sabe, y nosotros también, que no es ni puede ser cierto; si insiste en hacerlo, alguien podría acusarlo de demagogo o mentiroso, y esas son palabras feas.

Mejor pregúntese si está cumpliendo cabalmente con su obligación.

Y actúe en consecuencia.

No pedimos más.

16 febrero 2022 32 comentarios 3.423 vistas
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Des-ordenamiento (3)

Meditaciones de un jubilado que no sabe nada de economía

por Rodolfo Alpízar Castillo 5 enero 2022
escrito por Rodolfo Alpízar Castillo

Inflación generalizada e inflación no generalizada

Recientemente el ministro de Economía reconoció que en Cuba hay inflación, pero no generalizada; para ello se apoya en el argumento de que los servicios de electricidad, agua y gas, según sus palabras, no «siguieron incrementando los precios» después del aumento inicial.

Seguramente por un lapsus, no mencionó que el «aumento inicial» de esos servicios alcanzó límites imposibles de sobrepasar sin provocar un estallido social.

También olvidó que fueron tantas las quejas sobre el precio de la electricidad en los primeros meses de 2021 que la empresa se vio obligada a readecuarlo, si bien lo mantuvo elevado.

Al lapsus podemos sumar otro: No mencionó que el costo del servicio de transporte colectivo estatal se elevó cinco veces, pues de cuarenta centavos pasó a dos pesos.

Y no recordó que el precio de algo tan vital como el pan normado se multiplicó por veinte: Pasó de cinco centavos a un peso. Hoy, el viejito que con cinco centavos podía comer un pan al día debe pagar veinte veces más por ese mismo pan (en otros términos: Con lo que antes comía un pan durante veinte días ahora solo come pan un día).

Y es sabido que esos no fueron los únicos incrementos en los precios al consumidor realizados por empresas del Estado. No por cuentapropistas o revendedores.

Tales aumentos, por lo visto, no entran en el concepto «inflación generalizada» del ministro. Según su opinión, la inflación padecida por los cubanos es «no generalizada». Afirmar otra cosa es técnicamente incorrecto. O manipulación enemiga.

Esa «inflación no generalizada», explicó también, es culpa de las indisciplinas de nosotros, los ciudadanos, porque vendemos o revendemos caro, o pagamos lo que nos venden o revenden caro, o «no somos combativos» y no denunciamos a quienes incrementan de manera abusiva los precios.

¿Es el Ordenamiento Monetario la causa de la inflación que sufre hoy la economía cubana?

¿Qué de positivo trajo el Ordenamiento Monetario a la economía nacional?

A estas preguntas responde el viceprimer ministro y titular de Economía y Planificación, @AlejandroGilF. 👇 👇 👇 pic.twitter.com/1r1IM781IK

— Presidencia Cuba (@PresidenciaCuba) January 4, 2022

Pasando por alto los llamamientos al amor, a la labor de convencimiento político y al control ciudadano como armas para combatir los altos precios, realizados por los diputados que «opinaron» sobre las palabras del ministro, queda demostrado que la actual situación inflacionaria es culpa nuestra, no del gobierno, y si no se revierte es porque somos conniventes con coleros, revendedores y oportunistas. Moraleja: Tenemos lo que nos merecemos.

Pero el ministro y los diputados nos ilustran y nos exhortan a cumplir la obligación ciudadana de combatir la inflación. Debemos agradecerles la preocupación.

(No sé por qué encuentro aquí similitud con el llamado a «convencer» a los vecinos de los bateyes y a los trabajadores cañeros de la necesidad de «salvar» la producción azucarera. Fueron ellos quienes convirtieron las maquinarias en chatarra y los campos de caña en marabuzales; corresponde ahora exhortarlos a que reviertan la situación).

El ministro mencionó además algo que no hay que ser especialista para entender y nadie osará discutirle: Aumentar los salarios no es la solución, pues acarrearía un incremento mayor de los precios. La inflación es un círculo vicioso que se rompe con eficiencia productiva (que la producción de bienes implique menos gastos) e incremento en la oferta de mercancías. Esto es: eficiencia productiva y equilibrio entre oferta y demanda, no aumento de salarios, es la solución.

Némine discrepante.

¿Y qué hay con los jubilados?

Un elemento relacionado con los salarios y pasado por alto en las menciones a la inflación es el de las pensiones por jubilación.

Supongo que el ministro no ignora que la jubilación NO es un favor, NO es una dádiva, NO es una deferencia, NO es una prebenda que el Estado otorga generosamente a un segmento de la población que, por razones de edad, ya no produce bienes o servicios.

La pensión por jubilación, él debe saberlo, es el resultado de una parte del trabajo que el Estado no le retribuyó a la persona mientras fue productiva, parte que atesoró en sus arcas y administró según sus conveniencias. Si gestionó con eficiencia los fondos, los dilapidó, o no supo emplearlos de manera adecuada, es responsabilidad del Estado, no de quien alcanza la edad de jubilación.

Jubilado (2)

La pensión, en esencia, es la devolución al trabajador de una parte de lo entregado por él al Estado en préstamo durante décadas.

Esa pensión, en esencia, es la devolución al trabajador de una parte de lo entregado por él al Estado en préstamo durante décadas, y que el Estado usó bien o mal durante ese tiempo (es algo similar, aproximadamente, a lo que hace un banco con el dinero que se deposita en una cuenta).

En otras palabras, la pensión es una obligación del Estado, no hay que darle más vueltas.

(Aclaro que esta es una manera esquemática de presentar la formación de los fondos de jubilación a partir de la realidad cubana; hay variantes según los países).

Es costumbre de los gobiernos, cuando realizan reajustes económicos, descuidar los efectos de sus medidas sobre el sector de los pensionados por jubilación. El gobierno cubano no fue la excepción al aplicar la «Tarea Ordenamiento»: Después de calcular (durante más de diez años) las condiciones económicas del país, los supuestos costos de la llamada «canasta familiar», etc., llegó a la conclusión de que los jubilados pueden vivir con menos de un salario mínimo, ¡y hasta les sobra!

Retomando la idea inicial, al igual que ocurre con los salarios, incrementar las pensiones a los jubilados es, además de innecesario, contraproducente, pues llevaría a un nuevo aumento de esa inflación que, como nos avisa el ministro, no es culpa de cómo y cuándo se puso en práctica «el ordenamiento», sino de nuestra indisciplina y de la falta de control popular.

Pienso que esta ecuación la puedo entender: Aumentarme la pensión significa el riesgo de incrementar la inflación. Por tanto, en lugar de quejarme por no poder comprar un par de zapatos, arreglar una gotera del techo o comprar una golosina para mi nieto, debo ser consciente y eliminar esos gastos superfluos.

Pero ocurre que, mientras el ministro nos advierte sobre las consecuencias negativas de realizar aumentos de salario (y, por carácter transitivo, de las pensiones por jubilación), al mismo tiempo autoriza aumentar las pensiones a los jubilados de los cuerpos armados, en virtud de sus extraordinarios aportes al país.

Es la parte de la ecuación que no entiendo. ¿Será que los jubilados de los cuerpos armados son tan escasos que aumentarles la pensión no es estadísticamente significativo? Pero sabemos que eso no es cierto. ¿Entonces? ¿Debo pensar que en Cuba unos jubilados son más iguales que otros?

Jubilado (3)

¿Será que los jubilados de los cuerpos armados son tan escasos que aumentarles la pensión no es estadísticamente significativo? (Foto: Alejandro Ernesto/EFE)

Hago una salvedad: No encuentro mal que se aumente la pensión a los jubilados de los cuerpos armados. Pero considero inadmisible que el aumento tenido por perjudicial a la economía si se aplica a un sector de la población no lo sea cuando se aplica a otro. Además de económicamente incomprensible, lo siento como la imposición artificial de una división entre cubanos. Y eso no lo admito.

Está visto: Soy un jubilado que no sabe nada de economía.

Adenda

Existen fórmulas, usuales en buena parte del mundo, para contribuir a hacer más llevadera la vida de los jubilados, pero en Cuba no se aplican, nadie sabe la razón. Parlamento y sindicatos, los encargados de exigir explicaciones al gobierno, guardan silencio al respecto en presencia de los ministros.

Entre esas fórmulas se encuentran (no son las únicas; esto es solo una indicación de lo que se puede y debe hacer en Cuba):

Disminución del precio del transporte público para personas en edad de jubilación.

Disminución del precio de entrada a espectáculos culturales y recreativos, teatros, museos, exposiciones, etc., para personas en edad de jubilación.

Disposición de un día semanal de entrada gratuita a museos y exposiciones, así como a determinados espectáculos, para niños y personas en edad de jubilación (de modo que los abuelos puedan llevar a sus nietos con ellos).

Nota: Escribo «en edad de jubilación», sin especificar, porque nuestros burócratas son capaces de exigir una constancia de que la persona está jubilada, aunque tenga noventa años.

5 enero 2022 34 comentarios 3.892 vistas
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Camino (1)

El largo camino de la ciudadanía, cada vez más arduo

por Rodolfo Alpízar Castillo 25 octubre 2021
escrito por Rodolfo Alpízar Castillo

No comprendo el entusiasmo de quienes ven en la denegación del permiso para la realización de la marcha de noviembre «una gran victoria contra el enemigo imperialista».

Oigo «argumentos»; no veo la victoria.

La negativa fue una elección de las autoridades entre dos alternativas: a) prohibir la marcha y quedar ante el mundo como un gobierno que pasa por encima de su propia Constitución; b) permitirla y prepararse para la eventualidad de aplicar la represión policiaca (también ante los ojos del mundo) contra potenciales desmanes de participantes…, o por la posibilidad de que se vuelva multitudinaria.

El gobierno escogió la primera opción, supuestamente menos riesgosa. Así de simple. No hay victoria en ello. Ni siquiera pírrica. Victoria habría sido encontrar una tercera opción respetuosa del artículo 1, que califica a Cuba como Estado de derecho. Faltó creatividad.

Algo de historia: El proyecto Varela

Sin pretender comparaciones, encuentro cierto paralelismo entre el Proyecto Varela y la actual situación. En ambos casos, personas inconformes con el actuar gubernamental (o, simplemente, contrarias al gobierno) hicieron uso de un derecho consagrado en la Constitución vigente; en ambos se les prohibió.

La Constitución de 1976 consagraba el derecho de iniciativa de leyes de los ciudadanos, si contaban con al menos diez mil firmas. En uso de ese derecho, un grupo de ciudadanos elevó al parlamento (2002) un documento al que denominó Proyecto Varela. Sus promotores planteaban algunos cambios en el sistema, no el cambio de sistema. Los cuatro elementos fundamentales eran: a) derecho a la libre expresión y asociación, b) amnistía, c) derecho a formar empresas, d) nueva ley electoral.

Camino (2)

Oswaldo Payá (derecha) fue el creador del Proyecto Varela.

La Asamblea Nacional rechazó el documento, por considerar que no contenía diez mil firmas. Una segunda presentación sobrepasó con creces la cifra (se afirma que fueron más de catorce mil), a pesar de no contar los organizadores con medios para la difusión del proyecto: Ni prensa nacional, como era de esperar, ni redes sociales, desconocidas por entonces.

Correspondía someter el documento a la consideración de los diputados. Dada la composición de la Asamblea Nacional, hubiera sido derrotado por unanimidad, pero la presentación en sí era ya un éxito.

Para no admitir la victoria del grupo opositor, el gobierno no aplicó la legalidad, sino la «acción de las masas». En tiempo récord se realizó un referendo que modificaba la Constitución (98,97% de votos a favor) con la afirmación de que el socialismo es irrevocable. El 100% de los diputados lo ratificó.

Una «aplastante victoria» contra la oposición. Pero…

a) El referendo no cumplió el requisito básico de cualquier referendo: No fue secreto. Se exigió al ciudadano declarar nombre completo, firma y número del documento de identificación.

b) La votación en la Asamblea Nacional no fue secreta, se realizó a viva voz.

c) Se paralizó el país durante tres días para que la población viera por televisión a los diputados identificarse uno por uno y realizar alocuciones de apoyo al resultado del «referendo».

Sumado lo dejado de producir durante tres días de sorpresivo asueto a los miles de personas movilizadas como aseguramiento del «referendo», más los insumos y la logística requeridos, aquella «victoriosa acción de masas» afectó la economía nacional tanto o más que cualquier bloqueo económico en ese lapso.

Pirro hubiera exclamado que con otra victoria así se quedaba sin reino.

La «nueva victoria»

Siguiendo la lógica usada contra el Proyecto Varela, en otros tiempos se hubiera convocado a una movilización de un millón de personas contra la desertificación en África o la colonización de la Luna. Para garantizarla se hubiera trasladado a la capital miles de personas de otras provincias.

Los tiempos cambian. Hay que ahorrar. Para impedir la marcha, las autoridades (inicialmente municipales; posteriormente el presidente de la República, los medios de difusión y las diversas instituciones) aludieron a los artículos 4 y 45 de la propia Constitución.

El artículo 4 afirma: «El sistema socialista que refrenda esta Constitución, es irrevocable». Pasando por alto la coma incorrecta y el hecho de que no pocos se preguntan si en Cuba existe realmente socialismo, no recuerdo en qué momento de la solicitud se afirma que el propósito de la marcha es revocarlo. Tampoco recuerdo que se llame a la intervención extranjera, como repiten quienes no la han leído.

Camino (3)

Por su parte, el artículo 45 establece: «El ejercicio de los derechos de las personas solo está limitado por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, a la Constitución y a las leyes». En la negativa tampoco se cita la parte de la petición donde se llama a violar lo estipulado en ese artículo.

Las autoridades, pues, afirman que se violan artículos constitucionales, pero no aportan pruebas al respecto, ni reproducen el texto rechazado: El ciudadano debe realizar un acto de fe y creer en su palabra.

A los entusiasmos por la negativa se ha sumado alguna que otra persona versada en leyes. Allá ellas con su conciencia. A mí, desde mi ignorancia, me preocupa que se pueda considerar violación del artículo 45 de la Constitución hacer valer el derecho de expresión para algo que no sea apoyar al gobierno.

Ignorante, me pregunto: Si un grupo se reúne para exigir que la cuota de leche para los niños se extienda hasta los diez años, y no como establece el decreto correspondiente, ¿viola el artículo 45?, ¿la manifestación sería ilegal?, ¿exigir modificar el sistema de cuotas podría considerarse un llamado a revocar el socialismo?

Si grupos asentados en Miami declararan que apoyan dicha manifestación, y exhortaran a que más personas, en más lugares de Cuba, realicen reclamaciones similares, ¿se podría afirmar que la manifestación por leche para los niños es una maniobra anexionista, auspiciada por mercenarios al servicio del enemigo imperialista?

Por fin, ¿quién ganó o perdió?

Al negar el permiso, insisto, el gobierno no ganó nada; optó por una de dos opciones posibles, y perdió la oportunidad de mostrarse creativo y respetuoso de la Constitución. Por su parte, quienes lo solicitaron, aunque no ganaron, nada perdieron, pues la negativa estuvo siempre entre las posibilidades.

Son otros los vencedores y los perdedores:

Vencen quienes se oponen a cualquier intento de reconciliación, diálogo y discusión pacífica en Cuba. Pierden quienes desean el acercamiento entre cubanos de dentro y de fuera, al margen de ideologías y tendencias, en aras de mejorar el país y la situación de su gente, sin menoscabo de nuestra identidad nacional.

Tal es el saldo inicial de esta confrontación.

Camino (3)

Vencen quienes se oponen a cualquier intento de reconciliación, diálogo y discusión pacífica en Cuba. (Foto: Yamil Lage/AFP)

Lo que ha quedado demostrado con este pulso entre promotores de la marcha y gobierno es algo archisabido: Un principio inserto en el articulado constitucional es letra muerta si no se emiten a tiempo las leyes que lo ponen en vigor. En ese sentido, el artículo 56 ha sido también el gran perdedor: Está condenado a muerte.

Tal vez los promotores de la marcha de noviembre desistan. Tal vez persistan, modifiquen cualquier afirmación que sirva de pretexto para otra negativa, y hagan patente su rechazo a supuestos apoyos de quienes, en realidad, apuestan por su fracaso. O tal vez agreguen una demanda más, y exijan la promulgación de la ley sobre el derecho a la libre expresión y la libre manifestación.

¿Una manifestación para exigir la ley complementaria del artículo 56 podría considerarse maniobra enemiga?

Para finalizar

El camino a la ciudadanía en Cuba es largo y cada vez más arduo. No seremos ciudadanos mientras impere la idea de que unas personas son sujeto de derecho y otras no.

El Estado debe proteger por igual a todos los ciudadanos, incluidos quienes no lo apoyan. Pretender que los derechos constitucionales valgan para unos y no para otros es una aberración jurídica.

Afirmar que reclamar derechos consagrados por la Constitución es inconstitucional suena a chiste o esquizofrenia.

En un Estado de derecho todas las personas tienen todos los derechos, salvo los casos previstos por la ley; esto es, salvo quienes los tengan limitados por tribunal competente, en juicio efectuado con todas las garantías procesales.

Proclamar lo contrario es abogar por la ilegalidad.

25 octubre 2021 31 comentarios 2.469 vistas
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Ciudadanía (1)

Ciudadanía en Cuba, un largo camino por recorrer

por Rodolfo Alpízar Castillo 9 octubre 2021
escrito por Rodolfo Alpízar Castillo

Una noticia inusitada

Una noticia publicada en el extranjero circula de boca en boca por el país: Un grupo de ciudadanos solicitó permiso para manifestarse pacíficamente el 20 de noviembre próximo (ayer los convocantes anunciaron el cambio de fecha al 15 del mismo mes); para entonces, gran parte de la población estará vacunada y habrán disminuido las medidas de restricción por la pandemia, además de que el país estará abierto al turismo.

La prensa oficial desconoce el hecho. Lamentablemente, no sorprende: «Lo que es costumbre no se extraña». En otros medios, en cambio, suenan los primeros disparos de una guerra en toda regla. Que se produzca una manifestación pacífica no tiene nada de particular; es habitual en cualquier país democrático (con independencia de los sesgos que ese adjetivo pueda sufrir), al menos en teoría, como es Cuba, según el artículo 1 de la Constitución de 2019.

En Estados Unidos, por ejemplo, hay frecuentes manifestaciones frente al Capitolio; en el Zócalo de México se ven desde demostraciones masivas hasta personas que, megáfono en mano, protestan, reclaman, piden. Nadie se asombra, pues las constituciones de ambos países garantizan libertad de expresión y manifestación pacífica a los ciudadanos. La cubana también: «Artículo 56. Los derechos de reunión, manifestación y asociación, con fines lícitos y pacíficos, se reconocen por el Estado siempre que se ejerzan con respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley».

Ciudadanía (2)

En el Zócalo de México se ven desde demostraciones masivas hasta personas que, megáfono en mano, protestan, reclaman, piden.

Reacciones

De inmediato en redes sociales se observaron dos reacciones (dos caras: una misma moneda fundamentalista) que mueven a la preocupación.

La primera: Opositores «intransigentes» piden mayor radicalización a los organizadores. En lugar de las consignas anunciadas, las cuales «hacen el juego a la dictadura», demandan otras más agresivas, violentas, con groserías y ofensas personales incluidas. Se acusa a los solicitantes de aliados solapados del «régimen», y se les exige «acciones más efectivas» para derrocarlo. (Todo desde el exterior, valga la aclaración).

La segunda: Defensores «intransigentes» del gobierno les critican no manifestarse contra el bloqueo o las agresiones norteamericanas; los acusan de aliados del enemigo, y de organizar un golpe blando contra el sistema; insinúan, cuando no afirman, el vocablo «mercenario». (Todo desde sitios o medios apoyados directa o indirectamente por el gobierno, valga la aclaración).

A ellas se sumó una tercera: Convocatorias a manifestaciones en fechas anteriores al 20 de noviembre inicialmente acordado.

Retos

Aunque desde fines de 2020 se ha asistido a situaciones a las cuales el gobierno no estaba acostumbrado, por lo que ha improvisado sobre la marcha (en mi criterio, no muy acertadamente), esta de ahora adquiere ribetes dramáticos por el dilema planteado: Si niega el permiso, viola el artículo 56 de la Constitución y pone en entredicho el artículo 1; si lo concede, deberá apelar a toda su inteligencia para impedir que la situación se salga de control. Deberá reprimir a quienes intenten cometer desmanes, y a la vez, proteger a los manifestantes pacíficos.

El reto para los solicitantes tampoco es pequeño: Ser capaces de movilizar seguidores y exponer reclamos, y a la vez impedir que desvíos hacia el desorden, el vandalismo y el caos conviertan la manifestación en una batalla contra las fuerzas del orden en que nadie resultará ganador.

Ciudadanía (3)

Cartel publicado en Archipiélago para convocar a la marcha ciudadana que inicialmente se desarrollaría el 20 de noviembre (Foto: Facebook)

De vencer el reto, obtendrían un peso político no conocido antes por ninguna fuerza opositora. Se convertirían en una contraparte a la cual el gobierno no podrá ignorar. Para lograrlo, no deberían aspirar a una manifestación gigantesca (como parece que pretenden), sino modesta, porque sería un fiasco si resultara pequeña, y porque podrían ser incapaces de controlarla, de ser muy grande. Una marcha de pocos cientos, incluso menos, disciplinada, respetuosa de las leyes, con consignas que puedan generar adeptos, sería un éxito nada despreciable para sus promotores.

La reacción del gobierno me parece el menor problema para los organizadores, pues se enfrenta al conflicto de respetar o no su propia Constitución, y tendrá los ojos del mundo fijos en él. Es una posición incómoda, y de cómo la asuma dependerá su credibilidad como cabeza de un «Estado socialista de derecho y justicia social, democrático, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos como república unitaria e indivisible, fundada en el trabajo, la dignidad, el humanismo y la ética de sus ciudadanos para el disfrute de la libertad, la equidad, la igualdad, la solidaridad, el bienestar y la prosperidad individual y colectiva».

El verdadero reto para los organizadores, para mí, está en el campo de la oposición, donde hay interesados en demostrar la inutilidad de las vías pacíficas de participación ciudadana. Por motivaciones varias, algunos intentarán robar protagonismo a los organizadores de la manifestación, y harán cuanto puedan para convertirla en enfrentamiento violento entre autoridades y ciudadanía, y demostrar así su «peso político». Si lo logran, no solo la manifestación será un fracaso, también lo serán los esfuerzos por democratizar al país.

El largo camino por recorrer

En 2004 traduje el ensayo Ciudadanía en Brasil: El largo camino, de José Murilo de Carvalho, premio Casa de las Américas de ese año. Es una mirada panorámica a la historia de Brasil desde el punto de vista de la formación del brasileño como ciudadano. Su lectura me hizo preguntarme en repetidas ocasiones si los cubanos somos ciudadanos. Todavía hoy me lo pregunto, y cada vez estoy menos seguro de la respuesta. Cito algunas frases:

«Derechos civiles son los derechos fundamentales, a la vida, a la libertad, a la propiedad, a la igualdad ante la ley, (…) garantía de movimiento, de escoger el trabajo, de manifestar el pensamiento, de organizarse, de que sea respetada la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, de no ser detenido sino por las autoridades competentes y de acuerdo con las leyes, de no ser condenado sin proceso legal regular…».

***

«Los derechos políticos tienen como institución principal los partidos y un parlamento libre y representativo. Son ellos quienes confieren legitimidad a la organización política de la sociedad».

(Hago la salvedad de mi oposición a la existencia de partidos; estoy por una sociedad autogestionada, sin partidos de ningún color).

***

«…los derechos civiles garantizan la vida en sociedad…, los derechos políticos garantizan la participación en el gobierno de la sociedad, los derechos sociales garantizan la participación en la riqueza colectiva (…) En teoría, pueden existir sin los derechos civiles, y seguramente sin los derechos políticos. Pueden incluso ser usados en sustitución de los derechos políticos. Pero, en ausencia de derechos civiles y políticos, su contenido y su alcance tienden a ser arbitrarios».

Ciudadanía (4)

Defensores del gobierno salieron a las calles el 11 de julio. (Foto: El Correo)

Aunque comparto el criterio, para mí el concepto de ciudadanía abarca otros elementos, como el respeto a las normas de convivencia y al derecho ajeno. Respetar el derecho de quien no piense igual a uno es ciudadanía. Impedir a otro ejercer pacíficamente su derecho no lo es. Reprimir manifestantes pacíficos, o convertir manifestaciones en vandalismo, son señales de cuánto nos falta para ser ciudadanos.

Los organizadores deberían crear una comisión de orden claramente identificada para prevenir desmanes. Las autoridades, por su parte, tendrían que otorgar la autorización, y ejecutar las medidas adecuadas para evitar que elementos perturbadores (del matiz político que sean) promuevan incidentes que impidan el ejercicio pacífico de un derecho constitucional. Quienes produzcan disturbios, tanto en contra como a favor del gobierno, habrán de recibir el peso de la ley. Sin distingos.

Las fuerzas del orden, identificadas como tales, deberían situarse convenientemente para impedir tanto desórdenes de infiltrados en la manifestación como agresiones de quienes se opongan a ella.

Por mi parte, desearía que la marcha del 15 de noviembre demuestre que los cubanos somos capaces de defender criterios y ejercer derechos con respeto a quien piensa diferente. Que somos ciudadanos.

Confieso, no obstante, que albergo dudas. La proliferación de llamadas a marchas en fechas anteriores al 15 de noviembre me hace temer que no las mueva la preocupación por el futuro de la patria, sino el interés de algunos por ganar, o no perder, protagonismo.

Me gustaría que quienes abogan por marchas multitudinarias y descontroladas reflexionen y se pregunten qué es mejor para Cuba: una manifestación pacífica, aunque no sea gigantesca (y sin importar quién la encabece), con consignas sensatas y capaces de movilizar multitudes; o conducir al país al vandalismo y el caos, con su secuela de destrucción y dolor.

Un recordatorio: Colombia, Chile, Ecuador, Nicaragua y Venezuela han conocido en años recientes enfrentamientos callejeros con saldo doloroso para las familias. Ninguno produjo un cambio de régimen.

Nota: He oído con preocupación el llamamiento a la realización de un «Día de la Defensa» entre los días 18 y 19 de noviembre. No me parece coincidencia; ojalá me equivoque.

9 octubre 2021 41 comentarios 3.172 vistas
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Bloqueo

¡Por una Cuba sin bloqueo!

por Rodolfo Alpízar Castillo 22 septiembre 2021
escrito por Rodolfo Alpízar Castillo

El bloqueo norteamericano es el culpable de todos nuestros males, quién no lo sabe: No pasa un minuto sin que los medios de difusión nos lo recuerden, y no hay funcionario que no lo mencione, tanto al aludir a los incumplimientos en su esfera de actividad, que son los más, como al destacar los éxitos, que son los menos. El bloqueo es, pues, el pan nuestro de cada día…, y sobre todo su ausencia.

Al respecto, recuerdo que, hace algunos años, una diplomática africana me comunicó, orgullosa, que su país acababa de ser clasificado por la ONU como país de desarrollo medio; por tanto, no necesitado de su ayuda para subsistir. Treinta años antes, al proclamarse la independencia, muchos la consideraron inviable, por su pobreza, su pequeñez y su insularidad; algunos amigos aconsejaron procurar alguna forma de asociación con la propia potencia colonial o con otra nación africana.

Cual se pronosticaba, la independencia no significó progreso. La ayuda extranjera y las remesas de la población emigrada eran las principales y casi únicas fuentes de ingreso. El país recién nacido estaba clasificado por la ONU como de bajo desarrollo.

Tal era la herencia colonial recibida. En lugar de soluciones, el ciudadano recibía un recordatorio permanente de esa herencia en el discurso cotidiano de sus funcionarios: «La herencia colonial nos impide realizar esto», «esto otro nos sucede por culpa de la herencia colonial». Y no se encontraba modo de salir de la miseria heredada.

Un día todo comenzó a cambiar. No se trató de ningún milagro, sino de un cambio de actitud ante la herencia colonial, me aclaró la embajadora: El presidente de la república prohibió, tanto a los funcionarios del gobierno como a los medios de difusión, mencionarla al referirse a los problemas.

Se exigió hablar de las causas endógenas que impedían el progreso, no de las exógenas. Encontrar y denunciar debilidades y errores propios y procurarles enmienda. Desterrar las menciones a la herencia colonial y concentrarse en modificar conductas; buscar vías para salir adelante a partir de la mirada hacia dentro. Cambiar la mentalidad de víctimas. Ser proactivos.

Quienes violaron el precepto debieron despedirse de sus puestos.

Como resultado, lo antes dicho: En menos de treinta años, una república inviable convertida en un país de desarrollo medio que podía sobrevivir sin el sostén de la ONU.

¡En menos de treinta años! Un país pequeño, insular, pobre, recién salido de una dominación colonial de siglos.

Bloqueo (1)

Se exigió hablar de las causas endógenas que impedían el progreso, no de las exógenas. Encontrar y denunciar debilidades y errores propios y procurarles enmienda.

Lo narrado no lo he inventado, sucedió. No menciono nombres, pero el país existe, y su embajadora en persona me lo contó, no fue un comentario oído al pasar.

Seguramente la prohibición de justificarlo todo con la herencia colonial no fue la única medida aplicada para salir de la  pobreza, otras de tipo económico y político la acompañaron, pero no hay duda de que gracias a ella los funcionarios ineptos ya no encontraron a qué echarle mano para justificar su incompetencia, y de que influyó grandemente en el cambio de mentalidad necesario para que el país saliera del atraso en que se encontraba.

En Cuba, con muchas más condiciones de todo tipo para enfrentar nuestros problemas, no los resolvemos, los resolvemos a duras penas, o creamos nuevos. Pero no pasa minuto sin que oigamos que la principal causa de ellos es el bloqueo.

El bloqueo existe y no puede ser negado, está claro; pero es excesivo el peso que ocupa en la mentalidad de los dirigentes cubanos. Más que una realidad económica, se ha convertido en argumento para justificar la ineptitud de los funcionarios.

Si de veras se quiere sacar al país de la situación desastrosa que presenta su economía, es imprescindible eliminar la mentalidad justificativa de quienes la dirigen o ejecutan, denunciar los factores internos que impiden llevar adelante los cambios necesarios.

Si queremos progresar, es imprescindible que no haya una mención más al bloqueo en los medios ni en los informes y discursos de los funcionarios del gobierno. Es hora de detener el constante bombardeo de mensajes de condena al bloqueo que, a fuerza  de repetidos, a nadie convencen.

En lugar de denunciar el bloqueo, denunciar la ineptitud, la negligencia y la corrupción donde quiera que se encuentren. Exponer a la luz pública cuanto impide al país avanzar, en lugar de desperdiciar tiempo y recursos en sembrar en el imaginario de los ciudadanos la idea de que, si el país no es una tacita de oro, la culpa la tiene el bloqueo.

Eliminemos la excusa, y después veremos si somos capaces o no de hacer progresar al país y de construir esa patria bonita para todos que las mentalidades burocráticas, ineptas y autocompasivas nos impiden construir.

Aprendamos del ejemplo de un pequeño país africano.

Exijamos a quienes corresponda: ¡Por una Cuba sin mencionar el bloqueo!

22 septiembre 2021 27 comentarios 3.069 vistas
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